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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #8855  por leandro
 
El 26/12 presente en udai san isidro una pension ( fallecido 16/05/99, osea fecha de cese la misma) con ultimo aporte como autonomo en el 94, complete los 30 años y 7 por art 3, pero me la rechazaron segun ellos puedo tomar solo 5 por ddjj. por el cese 99,pero yo elimine lo impago con la 25321.
que opinan

Les cuento que la solucion me la dieron reformulando el plan el mismo dia pero con 5 de ddjj.
 #8856  por naty
 
hola yo tengo el mismo caso de una pension con fallecimiento en el 99 y tube q aplicarle 5 años pq tenes q pensar q todo se aplica al dia de la muerte exeso de edad ddjj todo!!! vos pq que ley la mandaste?
 #8857  por leandro
 
la ley aplicable es la 24476, pero yo del 99 al ultimo pago osea 94 aplique 25321, no se que pensar cada udai tiene su reglamento

 #8858  por NIKI
 
NO ES QUE CADA udai TENGA SU PROPIO REGLaMENTO. En los casos de pensión el cese está dado por la fecha de fallecimiento. En el único caso que se admite una anterior es si hubiere presentado el titular en la AFIP un cese real.

 #8860  por hackpat
 
La Ley 24.241 es muy clara en su Art. 38 dice que segun la fecha de Presentacion o cese, lo que ocurra primero!!!
Aqui lo que paso es el fallecimiento de la Persona, por lo tanto tenes que dejar 5 años de DDJJ.
Saludos