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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #886022  por lapm
 
Hola a todos, realice a traves de la mesa de ayuda de AFIP la consulta sobre este intrincado tema y vean lo que me respondieron!!, basicamente era lo que habiamos charlado, lo bueno es que tenemos algo por escrito por parte de afip para desfendernos en ansess si se ponen molestos!!!. gracias nuevamente por todo su aporte!!

Sr/a. Contribuyente: CONSULTA SOBRE SICAM (ev:1255747)

Atento a su consulta, le informamos que debido a que los pagos efectuados a través de los planes de facilidades de pago, aún no se encuentran cargados en el primer módulo del SICAM, para solicitar el beneficio previsional, deberá presentar en ANSES:

- F.558/A/B/C.

- Detalle de la deuda (se imprime desde el botón "Detalle Deuda" del 1° módulo del Sicam).

- Detalle de deuda regularizada a través del Plan de Facilidades de Pago.

- F.159.

- Acuse de Recibo de la adhesión al plan.

- Comprobantes de pago emitidos por el banco.

De esta forma podrá iniciar el trámite, aunque el F558/A se presente con deuda.

Muchas gracias por comunicarse con AFIP.

C.D.

Departamento Canales de Atención
 #887619  por lapm
 
Hola a todos, finalmente estuve en ansess esta mañana y esto es lo que me piden:
1.-En la situacion de revista poner los periodos que compro en moratoria alla en el 2009 (toda cancelada)+ los periodos posteriores del monotributo y prescribiendo de estos ultimos los que haya que prescribir.
2.- En datos para la liquidacion poner Ley 24476
3.- Luego poner calcular y con la deuda que aparece en el Detalle de deuda (que es ni mas ni menos que los periodos de la vieja moratoria), poner calcular como si fuera la primera vez que liquido. Asi hice y por supuesto le aparece una nueva deuda calculada a valores de hoy de $19000.- y tambien aparecen los pagos a cuenta por las cuotas que cancelo de la vieja moratoria por $17000.- ergo debera ingresar la diferencia.
4.- Pido turno y despues les termino esta historia

Saludos!!!!
 #887692  por MARIO1943
 
lapm escribió:Hola a todos, finalmente estuve en ansess esta mañana y esto es lo que me piden:
1.-En la situacion de revista poner los periodos que compro en moratoria alla en el 2009 (toda cancelada)+ los periodos posteriores del monotributo y prescribiendo de estos ultimos los que haya que prescribir.
2.- En datos para la liquidacion poner Ley 24476
3.- Luego poner calcular y con la deuda que aparece en el Detalle de deuda (que es ni mas ni menos que los periodos de la vieja moratoria), poner calcular como si fuera la primera vez que liquido. Asi hice y por supuesto le aparece una nueva deuda calculada a valores de hoy de $19000.- y tambien aparecen los pagos a cuenta por las cuotas que cancelo de la vieja moratoria por $17000.- ergo debera ingresar la diferencia.
4.- Pido turno y despues les termino esta historia

Saludos!!!!
LOS PERIODOS DE MONOTRIBUTOS, NO LO PODES PRESCRIBIR, HAY QUE RENUNCIARLOS CON LEY 25321