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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #886164  por amg
 
Tengo sentencia de alimentos en capital en la cual se fija la cuota a abonar del 1 al 10 de cada mes, pero no dice nada respecto a si se deben desde el inicio del juicio.
En la demanda yo pedi que se retrotraigan a la fecha de la mediación. Debo apelarlo o se entiende que es desde la mediación?
Otra preguntita porque nunca apele alimentos y siendo un juicio especial tengo duda si dentro de los 5 días de notificada la sentencia presento un escrito que solo diga que vengo a interponer recurso de apelación (sin fundar) y a los 5 días de concedido presento la expresión de agravios
 #886171  por santiheladero
 
Los alimentos se deben desde la interposicion de la demanda.
Si apelas la fijacion de cuota, presentas el recurso y despues memorial (efecto devolutivo).
Todo esto en capital.
 #886190  por amg
 
Gracias por tu respuesta.
Son 5 días verdad? y solo se pone "que en legal tiempo y forma vengo a interponer recurso de apelación por los agravios que me causa la sentencia de fecha XXX"
Si también se apelaran la forma en que se dispuso el pago de las costas, tambien se funda luego de que es concedido?