si la persona ingreso el 1 de junio de 2007 en un empleo en la provincia de buenos aires. le corresponde 14 dias no???
schwerdt escribió:si la persona ingreso el 1 de junio de 2007 en un empleo en la provincia de buenos aires. le corresponde 14 dias no???Hola, el art.151 LCT te da la respuesta:
"para tener derecho cada año a las vacaciones completas, el trabajador debe haber prestado servicios como mínimo, durante la mitad de los días hábiles del año calendario o aniversario respectivo" a elección del trabajador.