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 #887640  por Storm
 
Buen dia Colegas.
El 21 de septiembre de 2009, el fiscal decidió el archivo de las actuaciones que se estaban llevando a cabo hasta tanto se logren nuevos elementos de prueba o de interés para la causa.
Mi cliente presto declaración de índole informativa... no por el 308 como indagatoria. Se han tomado testimoniales, se adjuntó informe pericial que se había solicitado, etc etc etc.
Con todos los elementos que hasta ese momento se habían solicitado se determinó el archivo de la IPP.

Desde esa fecha la IPP no salió de archivo manteniéndose las condiciones que hasta el momento presenta.

A partir del 21 de septiembre tengo pensado solicitar el sobreseimiento. Ante esto he consultado en la UFI (prov bs as) si el escrito de solicitud de Sobreseimiento lo realizaba ahí o directamente en Garantías. La respuesta fue "Dr. Presente el escrito directamente en Garantías"
Ante esto, y aqui la consulta... solo tengo para fundamentar mi solicitud que debido al transcurso del tiempo desde el acto dispositivo de archivo.... bla bla.... la presente solicitud de sobreseimiento se realiza en virtud de la establecido en el art. 323 inc 6 y 7 2do parrafo del CPP.
Creen Uds que valdría la pena agregar algo más?? no existe otra circunstancia que amerite aplicar otro artículo. El escrito sería muy conciso. Que les parece? Muchas gracias por la atención
 #887643  por Storm
 
Storm escribió:Ante esto he consultado en la UFI (prov bs as) si el escrito de solicitud de Sobreseimiento lo realizaba ahí o directamente en Garantías. La respuesta fue "Dr. Presente el escrito directamente en Garantías"
Aclaro. Esto es en virtud de realizar una presentación que obtenga una respuesta más rápida. No por desconocer el lugar y ante quien se debe presentar la solicitud de sobreseimiento. Gracias