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  • DENUNCIO CENSURA EN EL PORTAL DE ABOGADOS

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 #881545  por leny2010
 
primeramente no vivo en ninguan cucha ojala su cucha sea parecida a la mia, tengo mas años que usted mucho mas trabajo que usted en funcion de mis años y que siempre trabaje por eso ahora disfruto de un buen pasar, ademas usted no sabe si un foro tiene que ser visitado solamente por colegas suyos habemos gente que trabajamos en informatica que asesoramos a foros de toda indole para implementar nuevas tecnicas para que no pasen estas cosas, ademas es lamentable que hasta ahora no haya habido ni una sola persona que haya salido a defender a vuestra colega, quizas haya quienes no se enteraron o quieran que la dra se defienda sola como bien sabe hacerlo pero usted que si esta al conocimiento de todo esto que no haya salido a defender a su compañera ha sido agredida de esta manera me parece patetico yas que usted disfruta de su foro y no me diga que no consiguio algun cliente a traves del mismo.
Si esta celosa porque la dra me habilito publicamente oara que le de una mano con los tiempos lo lamento tome la posta y hagalo usted como lo dije antes.
SOLO REITERAR QUE NO SOY ANONIMA OBVIO QUE MIS DATOS PERSONALES NO LOS VOY A DEJAR EN EL FORO PARA QUE ALGUN PSICOPATA COMO EL QUE ME REFIERO PUEDA MOLESTARME, PERO SI ASI LO HACE NO TENGO MIEDO SE DEFENDERMNE-
COMO VER ALEJANDRA01 USTED SIGUE SIENDO DESGRADECIDA SE DEMUESTRA EN EL HECHO QUE MI PADRE MURIO EN LA MISMA FECHA QUE EL SUYO YO LE DI MIS CONDOLENCIAS PERO USTED NO HACIA MI PADRE YA QUE ESTABAMOS EN LA MISMA SITUACION.
EN FIN CUESTION DE HUMANIDAD NO ES ALGO QUE TENGAN TODAS LAS PERSONAS
y solidaridad menos, se demuestra en estos treah, pero sepa que usted no me espanta del foro hay quienes estan habilitados para ello, mi colega ese si es mi colega el webmaster y la dRA USTED NO ES NADIE PARA HACERLO A MENOS QUE LE PIDA A QUIEN CORRESPONDA QUE SE ME BANEE. LO ACEPTARE SIN RENCORES.
AHORA PONHASE LAS PILAS Y SI DE VERDAD NO CREEE EN LAS INJURIAS QUE LE HAN HECHO A SU OLEGA MUY GRAVES POR CIERO DEFIENDALA ESO ES SER SOLIDARIO NO HABALR PAVADAS NO SOLO YO OPINO QUE USTED ES DISPERSA........SALUTES BUENA VIDA Y MUCHOS JUICIOS....
 #881547  por legallexreaload
 
leny2010 escribió:esto si que es injuria que clon ni clon adonde ve que yo haya agredido a nadie excepto su amigo sanher el cual tengo mensajes privados en donde la defendi cuando el pedia que la banearan, me arrepiento de haberla defendido y haberle dado mi pesame por su papa no valia la pena es totalmente desagradecida, por otra parte si le molesta mi defensa hacia la dra furriol o quienes sean agredidos por este señor que ahora resulta ser su amigo no tiene mas que mandarle un mail a la dra y quejarse, ella evaluara en todos mis post si soy una buena persona o soy un clon, consejo pongase usted a moderar entonces en vez de permitir que agredan a su colega de esa manera, omitir esto es aprobar
Perdon, la Dra Furriol no sabe defenderse sola?? Tu acerrima defensa no hace mas que cuasi confirmar que estas recibiendo algun beneficio pecuniario de ella... se nota mucho que sos una LAME .....
 #885724  por oaky
 
Excelente Post Dra. MirtaTundis. Ud maneja una excelente información. Al ladrón de Scioli no le basta con enchufarle todos los años títulos a la corrupta caja de previsión social para abogados de la corrupta Provincia de Buenos Aires que esta acepta a cambio de favores políticos y designación de cargos y empleos dentro de la administración publica provincial, ahora sacaron una nueva ley, donde se autoriza a la Provincia endeudarse con organismos internacionales de Crédito.
Scioli necesita hundir aun mas a la Provincia de Buenos Aires, donde se paga en concepto de inmobiliario y servicios municipales un % 500 mas comparado con la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde la policía gana $ 1800 por mes, donde toda obra la financia el Estado Nacional. Scioli necesita endeudarse para seguir sobrefacturando obra. No le fue suficiente para licuar la deuda que tenia su mujer. El gobernador que le gusta solo el dialogo como le gustaba a De La Rua, al que no le gusta confrontar porque le gusta quedar bien con todos los sectores, el que dice ser Kirchnerista cuando en los hechos no lo es, el modelo nacional esta en contra de endeudarse con organismos internacionales, este sujeto y los legisladores que aprobaron esta norma atentan contra la propia seguridad Nacional. La ley 14357 en su artículo 25 le permite endeudarse hasta la suma de 200 millones de dólares, pero no establece tope a la tasa de interés. Es decir, Scioli podría tomar crédito por 200 millones a una tasa anual del 20 %, cuando en otros organismos podrían obtenerse a menor tasa. Este gobernador luego buscara justificar con falsos argumentos que dadas las condiciones internacionales del mercado de crédito pudo lograr obtener ese crédito a alta tasa, pero lo cierto es que a cambio de esa alta tasa obtiene enormes favores de todo tipo, desde el visto bueno de los mayores grupos concentrados económicos y financieros para ser apoyado en su proyecto futuro de Presidente, para lograr nuevamente destruir al país.
El articulo 8 de la ley 14357 aumenta la alícuota de los ingresos brutos al 5 %, entre ellas la venta al por mayor de alimentos. La ley fiscal 14333 modificada ahora por este articulo 8 ley 14357 había aplicado una alícuota del 4,5 %. El articulo 11 de la ley 13612 la alícuota era de un 3 %. Fueron aumentando los impuestos al consumo de a poco. Adquirir un producto en Provincia de Buenos Aires cuesta con el IVA incluido un 26 % y después se alarman en España que el IVA lo llevaron al 20%. Somos mas caros que en Grecia. Lo que deben pensar estos politicos es que la Argentina es muy rica y el pueblo puede comerse las menudencias.
La Justicia Provincial debería intervenir ya mismo a la corrupta Caja de Previsión Social de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, las pruebas son públicas y notorias.




TERESA FURRIOL: DEMUESTRE QUE USTED ES UNA ABOGADA DE VERDAD. LLEVE ESTAS DENUNCIAS A LAS MAXIMAS AUTORIDADES. USTED OCUPA CARGO VICIADO EN EL COLEGIO DE ABOGADOS DE LOMAS DE ZAMORA. IMPONGANSE EN SU COLEGIO YA QUE USTED ES O TIENE AMISTADES CON LAS AUTORIDADES, SE ALIMENTA DENTRO DEL COLEGIO CON FONDOS PROVENENTES DE LOS MATRICULADOS QUE VIVEN DE SU PROFESION, PERO PEOR AUN DE LOS QUE LES CUESTA VIVIR DE LA MISMA, INICIEN UNA ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA LA CAO QUE IMPONE LA CAJA DE PREVISION SOCIAL PARA ABOGADOS, O ENVIE UN PROYECTO DE LEY. LA MAYORIA DE LOS ABOGADOS QUE NO SE DEDICAN A HACER POLITICA COMO LO HACE USTED, NO TIENEN TIEMPO PARA MILITAR. LA MAYORIA NO ESTAN A FAVOR DE LA CAO Y DE ESTE MONTO INCONSTITUCIONAL. NO VIOLENTEN A LOS ABOGADOS QUE LES CUESTA VIVIR DE ESTA PROFESION, DEJEN DE EXPRIRLOS. SEPA USTED QUE EL GENERAL MANUEL BELGRANO ERA ABOGADO. EXISTE IMPUNIDAD EN LA JUSTICIA, SI EXISTIESE JUSTICIA YA MISMO LOS COLEGIOS DE ABOGADOS QUE MIRTA TUNDIS HA NOMBRADO DEBERIAN ESTAR INTERVENIDOS Y QUIZAS CON AUTORIDADES HONESTAS, LIMPIAS Y DECOROSAS, Y SE ATREVAN A HACER LO QUE USTEDES NO HACEN.
 #887686  por oaky
 
Ley 5177. Reformada por ley 12.277
ARTICULO 42°: (Texto Ley 12.277) Corresponde a los Consejos Directivos:
4 - Representar a los matriculados en ejercicio, dictando las disposiciones necesarias y ejerciendo las acciones judiciales y administrativas pertinentes, para asegurarles el legítimo desempeño de su profesión.
5 - Defender los derechos e intereses profesionales legítimos, EL HONOR Y LA DIGNIDAD DE LOS ABOGADOS, velando por el decoro e independencia de la profesión.


Las Normas de Ética Profesional en su artículo 4º dice DESINTERÉS: El espiritu de lucro es extraño fundamentalmente a la actividad de la abogacía. El abogado, aunque debe defender su derecho a la digna retribución de su trabajo, debe tener presente que el provecho es solo un accesorio del fin esencial de la profesión y no puede constituir decorosamente el móvil determinante de su ejercicio.
Dentro de la medida de sus posibilidades y con sujeción a la ley y las presentes normas, el abogado debe prestar su asesoramiento a toda persona urgida o necesitada que se lo solicite, con abstracción de que SEA O NO POSIBLE LA RETRIBUCIÓN. Le está impuesto en especial, como UN DEBER INHERENTE A LA ESENCIA DE LA PROFESIÓN, defender gratuitamente a los pobres.

Las Normas de Ética Profesional, surge que nacieron antes de la creación de la cuota anual obligatoria y cuando el Estado administraba la matricula.
Un profesional que cumpliese a rajatabla este articulo 4, patrocinando defendiendo gratuitamente a los pobres y ejerciera la docencia como actividad paralela para subsistencia, tanto la cuota anual de matriculación que impone el Colegio de abogados de la Provincia de Buenos Aires, como el irrazonable monto en concepto de cuota anual obligatoria que impone la corrupta caja de abogados de la provincia de buenos aires van en contra de este articulo y afectan el ejercicio y la finalidad de la profesión, cuyo fin nunca fue el lucro sino la justicia. Cuotas anuales e instituciones que van en contra de estas normas de Ética Profesional, y atentan la dignidad y el honor de los abogados que no pueden pagarla, afectan el desempeño de la profesión.

La CAO de la Caja de Previsión social para abogados debe derogarse. Y la matricula volver a ser administrada por el Estado, y NUNCA MAS lo que debe administrar el Estado sea administrado por los privados o grupos de vándalos.
 #887967  por yellowlemon
 
Hay un fallo "Serrano González, Alicia Ester. Inconstitucionalidad art. 12, ley 6716". Esta abogada inició una acción de inconstitucionalidad contra la cuota anual obligatoria establecida en el articulo 12 inc b) de la ley 6716.
Transcribo los artículos del CPCC para que lo lean

DECLARACION DE INCONSTITUCIONALIDAD

ARTÍCULO 683°: Objeto del juicio. De acuerdo a lo dispuesto por la Constitución de la Provincia, se podrá demandar la declaración de inconstitucionalidad de ley, decreto, ordenanza o reglamento que estatuya sobre materia regida por aquélla, debiendo observarse el siguiente procedimiento.

ARTÍCULO 684°: Plazo para demandar. La demanda se interpondrá ante la Suprema Corte de Justicia dentro del plazo de treinta días, computados desde que el precepto impugnado afecte concretamente los derechos patrimoniales del actor.

Después de vencido el plazo, se considerará extinguida la competencia originaria de la Suprema Corte, sin perjuicio de la facultad del interesado para ocurrir a la jurisdicción ordinaria en defensa de los derechos patrimoniales que estime afectados.

ARTÍCULO 685°: Excepciones. No regirá dicho plazo, cuando se trate de leyes, decretos, ordenanzas o reglamentos, de carácter institucional o que afecten derechos de la personalidad no patrimoniales.

Tampoco regirá cualquiera sea la naturaleza de los preceptos impugnados, cuando éstos no hayan sido aún aplicados al demandante y la acción se ejercite con finalidad preventiva.



En este fallo (lo pueden bajar de la página de la suprema Corte) le aplica el plazo de 30 días desde que comenzó la afiliación obligatoria. Es decir, cuando fue la jura.
La Suprema Corte ignora que la CAO afecta derechos personalísimos entre ellos a la dignidad, el derecho constitucional de trabajar, el principio de razonabilidad, no es razonable que se imponga una CAO cuando los procesos duran años, y tampoco es razonable darle un fin económico a la abogacia cuando la finalidad del abogado es la justicia. La CAO se opone como acaba de explicar Oaky a las Normas de etica profesional.

La Corte le rechaza esta acción por extemporánea. Cuando interpone el recurso extraordinario, la Suprema Corte se lo rechaza y se va en queja a la Corte Suprema de la Nacion y esta le rechaza la queja por extemporánea.

Se como se manejan y las enormes influencias que ejercen estos abogados políticos, verdaderos parasitos, que si iniciáramos una declaración de inconstitucionalidad, la Suprema Corte nos rechazaría la acción por extemporánea como también el recurso extraordinario y deberíamos ir en queja a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Esa acción deberían presentarse matriculados activos, no activos y de la Capital Federal ya que en su mayoría no se matriculan en Provincia por el costo de la CAO que impone la Caja.

Nuestras autoridades se oponen a que se elimine la CAO. Observé por ejemplo que Colegio de Abogados de Quilmes, Revista Nº 5 de febrero de 2012, en su pagina 35, aparece en una foto el Presidente del Colegio de abogados del departamento judicial de Quilmes, quien ganó gracias al pase de matricula de los de Lomas, un hecho no ético. Bienvenido Rodríguez Basalo ahora fue elegido como Presidente del Colegio de Abogados de la Provincia de Bs As. En la pagina 35 está sentado con el Presidente de la Suprema Corte Luis Esteban Genoud, y el intendente de Varela. En la pagina 24 aparece muestras de la nueva sede que compró junto a la corrupta caja de previsión social de abogados de la Prov de Bs As.



Otra alternativa muy económica y viable es presentar un proyecto de ley ante el Congreso Provincial. Firmado por matriculados activos, inactivos, y estudiantes de abogacía ya que estos en el futuro van a ser afectados.

La tercera alternativa es que se postule en algún colegio de provincia, un candidato que proponga la eliminación de la CAO, utilizando las 2 alternativas, la judicial y el proyecto de ley. Va a generar mas peso, porque lo presenta un Presidente de Colegio departamental. De existir un candidato que proponga eliminar la CAO, los abogados que pertenezcan a otros departamentos judiciales, podrían solicitar el pase de matricula al colegio donde se postule este candidato para que gane las elecciones.


Se entiende que es solamente eliminar la CAO, pero mantener los otros financiamientos, como el 20 % que se cobra actualmente sobre nuestros honorarios y la sobretasa de justicia, etc que establece la ley. Con esos montos financiaríamos nuestra jubilación y sobraría dinero una institución mas acorde a las circunstancias.