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Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
 #875734  por juani2012
 
Hola a todos mi pregunta es la siguiente: ¿como hacer un reclamo administrativo por preso muerto en una comisaria? Provocaron un incendio y falleció. Fue en la Matanza Provincia de Buenos Aires. En realidad lo inicie como daños y perjuicios civil pero me lo pasaron al administrativo y no tengo ni idea como encauzarlo. Ayudaaaaaa!!!!!
 #876006  por DrRodrigo
 
Lo que cambió fue la competancia. Los presupuestos de responsabilidad son los mismos. Es lógico que cambie, estás demandando al Estado.
 #877300  por CHAPU
 
Tenes que seguir el codigo Contencioso, en general coincide con el Procesal Civil. Adelante.
 #880657  por juani2012
 
Gracias Chapu, estuve leyendo algo y no se que es eso de agotar la vía? Como tengo que arrancar?
 #882658  por carolinegb
 
PARA DAÑOS Y PERJUICIOS POR RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL ILICITA DEL ESTADO NO TENES QUE AGOTAR LA VIA ADMINISTRATIVA. INICIAS EL JUICIO COMO CUALQUIER OTRO.
 #887243  por juani2012
 
Hola gracias por tu respuesta pero me lo pasaron al administrativo y no se que es eso de agotar la vía? Gracias
 #887445  por diegoignacio
 
no necesitas agotar la via ya que el propio estado no puede resolver ese problema como ejecutivo... sino sabes hace una interconsulta con un especialista, ya que este foro es para orientar no enseñar el como uno se mato estudiando para que despues venga otro y te pida que le hagas la demanda
 #887448  por juani2012
 
Sos re copado diego ignacio. Seguro naciste sabiendo: Te debe ir muy bien en la profesión a vos no???? Gracias por tu respuesta a mi me va muy bien en la rama que hago y si lo consulte es porque no me dedico a eso. Disculpa si te herí, evidentemente debes ser un abogado re frustrado. Que pena!
 #887470  por carolinegb
 
En cierto modo diegoignacio tiene razon...
NO tenes que agotar la via porque - como te respondi más arriba - es un caso de responsabilidad del estado por actividad extracontractual, en el caso ilícita. Igual te aclaro que se dice "agotar la via" en el sentido que para acceder a la justicia se requiere el agotamiento de todos los remedios procesales (tecnicamente, de procedimiento) en sede administrativa, sino no tenés habilitada la instancia. Mi experiencia es en el contencioso federal, pero es basicamente lo mismo. Lee con antencion el Codigo de Provincia y listo.
Por otro lado te recomiendo que leas tambien el fallo ejemplar de la CSJN en "Badín, Rubén y otros v. Prov. de Buenos Aires" del 19/10/95. Tambien estudia el tema de los presupuestos que tenes q acreditar para que se configure la resp del estado antes indicada.
Saludos
 #887540  por diegoignacio
 
Estimado si no se le dicen las cosas directamente parece que no entiende? arriba le han dicho en varias oportunidades que no debe agotar via y sigue preguntando y preguntando. Si ud ve en este foro soy uno de los que mas participa ya que me gusta esta rama, pero no desconozco las otras, no soy un caballo que tiene los ojos vendados y solo ve para adelante. La rama del derecho administrativo no es para cualquiera y por ello le sugerí que haga una interconsulta con un especialista, ya que de ir solito se lo comerá crudo la fiscalia de estado y se lo digo porque conozco a todos los que trabajar ahi. Asi que deje de ser infantil y piense como abogado no como estudiante haciendo un trabajo practico. Ah le respondo: no nací sabiendo sino que todos los dias trato de aprender, y si ud no puede aceptar un comentario no muy feliz como el mio deje la profesion ya porque es intolerante a diversas opiniones..
Esta rama requiere de un conocimiento general del derecho, sino lo tiene vaya a la facultad nuevamente y sino derivelo a un especialista, es un buen caso si tiene las pruebas necesarias. Le deseo exitos y recuerde que la profesion es dura y los malos tratos son parte del juego
 #887862  por juani2012
 
Comentario no muy feliz?? jajajajajajaj vivo con comentarios de ese tipo, pero como soy penalista no los dejo pasar. gracias a Dios ya que me dedico solo a eso me va muy biennn!! Estimado le deseo la mejor de las suertes xq calculo que la debe necesitar. Si anda por todas las ramas evidentemente debe ser pésimo. como dice el dicho: "el que mucho abarca.... jajajaaj bye su ruta doc.
 #888148  por diegoignacio
 
SON RECIBIDOS SUS SALUDOS Y SIGA EN SU RAMA PORQUE EN LAS RESTANTES ES UN IGNORANTE... CUANDO QUIERA APRENDER DERECHO AVISE
 #888248  por alejandrolorenzetti
 
DOY MI APOYO AL DR DIEGO IGNACIO Y CONSECUENTEMENTE COMPARTO MI OPINION CON LA DRA CAROLINE, EL AGOTAR VÍA AQUI EN CATAMARCA DONDE PERTENEZCO AL ESTAR FRENTE A UN HECHO ILICITO DE RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL Y POR ENDE SIN EJERCICIO DE FUNCIÓN ADMINISTRATIVA EL AGOTAR VÍA ESTA PUESTA COMO UNA VÍA APCIONAL Y EXCLUYENTE OSEA SI LA ELEGIS DEBES ESPERAR LA RESPUESTA PARA IR A LA JUSTICIA Y SE LA INTERPONE ANTE EL GOBERNADOR O INTENDENTE EN SUS CALIDADES DE MAXIMAS AUTORIDADES, EN NACION PARTICULARMENTE ESTA PUESTO COMO OBLIGATORIO PARA DEMORAR LA DEMANDABILIDAD DEL ESTADO SI MAL NO ENTENDI JE, QUIZÁ ASI ESTA CONTEMPLADO DONDE SE ESTA HACIENDO ESTA CONSULTA SE DEBE HACER SOLO UN RECLAMO PREVIO A LA DEMANDABILIDAD.
 #888345  por diegoignacio
 
gracias colega me encanta escuchar su apoyo, ya que en este foro esta lleno de seudo abogados que creen que el derecho es una fabrica de hacer dinero y no una vocacion....