Hola a todos los foristas!!!
La duda en esta oportunidad versa sobre:
Tuve mi primer audiencia a los fines conciliatorios del Art. 25 en Provincia, Lomas de Zamora.
La demandada no se presento y estamos por la actora, el tema es se supone que debo llevar yo una propuesta economica para los demandados, o que es lo que ocurre?
En la liquidacion creo haberme equivocado de Convenio, aplique el 108/75 sanidad y por comentarios de terceros el correcto es el de 130/75 Comercio, el Tribunal no se expidio aun, se trataba de una relacion de una secretaria con una medica clinica, aun el procedimiento no se abrio a prueba pero la demanda ante su inasistencia por motivos justificados solicito se fije nueva audiencia.
Si alguien me ayuda aportandome comentarios o experiencias vividas lo agradecere
La duda en esta oportunidad versa sobre:
Tuve mi primer audiencia a los fines conciliatorios del Art. 25 en Provincia, Lomas de Zamora.
La demandada no se presento y estamos por la actora, el tema es se supone que debo llevar yo una propuesta economica para los demandados, o que es lo que ocurre?
En la liquidacion creo haberme equivocado de Convenio, aplique el 108/75 sanidad y por comentarios de terceros el correcto es el de 130/75 Comercio, el Tribunal no se expidio aun, se trataba de una relacion de una secretaria con una medica clinica, aun el procedimiento no se abrio a prueba pero la demanda ante su inasistencia por motivos justificados solicito se fije nueva audiencia.
Si alguien me ayuda aportandome comentarios o experiencias vividas lo agradecere