Estimados Colegas, traigo a colacion un caso interesante, para mi es el primero de este estilo y trate de resolverlo de la mejor manera posible pero imagino que sus experiencias podran ayudar. Se trata de un divorcio por mutuo acuerdo, en el que los conyuges tienen un bien inmueble que es ganancial. El padre acordo donar su parte indivisa a favor de sus hijos y el usufructo gratuito y vitalicio a la esposa, le dije a las partes que toda donacion o cesion de derecho debia hacer por escritura publica bajo pena de nulidad. La madre no tenia en estos momentos el dinero para hacerla. El escribano les dijo que para hacer la donacion o la cesion de derechos uno de los conyuges a sus hijos primero tenia que estar inscripto el divorcio, lo cual me parecio raro porque uno para donar o ceder tiene que divorciarse, es a los hijos no al otro conyuge, si yo quiero donar a mis hijos menores dono, asi lo dice el Codigo Civil. Bueno el asunto entre idas y venidas para que puedan firmar el mutuo acuerdo que ya tiene un convenio de tenencia, alimentos y regimen de visitas, hice una especie de boleto de compraventa en donde el conyuge (padre) se obliga a escriturar la donacion o cesion de derechos (como si fuese una especie de boleto de compraventa), con la presentacion la demanda de divorcio y los convenios van a tener fecha cierta, el asunto y la duda es, ella me pidio que no ponga un plazo, el asunto es, que pasa si no cumple?? juicio de escrituracion?? juicio de liquidacion de la sociedad conyugal??. Yo me tiraria a escrituracion, pero no vi muchos juicios de este estilo... o sea no se si es una locura o realmente existe... si te lo van a tirar por la culata porque no existe donacion futura entre esposos.... PEro estos son los hijos matrimoniales del conyuge. O sea, se obligo a donar a los hijos no al otro conyuge, espero comentarios.
Más allá de la cuestión jurídica, ¿qué culpa tienen los hijos del divorcio de los padres? para andar cargando con partes indivisas de bienes que no les interesan para nada. Que dividan los bienes sin andar mezclando a los hijos que encima si llegan a ser menores y algún día necesitas disponer de la propiedad no van a poder, o si los hijos en un futuro cercano quieren pedir algún crédito para primera vivienda por culpa de esa mitad indivisa que el padre les encajó de prepo tampoco van a poder ni hablar si los hijos se llevan mal entre sí o alguno de los hijos llegará a tener otro hijo y tuviera algún lío filiatorio o por cuestiones de alimentos.
Que los cónyuges o ex cónyuges arreglen sus problemas y partan la sociedad conyugal sin andar metiendo a los hijos que no tienen nada que ver, aconsejalos y poneles estas cartas sobre la mesa. He visto casos iguales que "pusieron todo a nombre de los hijos" un día uno de esos "nenes" tuvo una aventurita con una chica quedó embarazada, tuvieron un hijo los ex conyuges los hicieron abuelos y terminaron con la propiedad embargada por alimentos de ese nuevo niño, y después la otra hija de ese matrimonio quiso sacar un crédito y le figuraba esa mitad indivisa y ni te cuento la guerra que se armó.
Habla con tu cliente y planteale estos casos, ni hablar si agregas exclusiones de hogar. A ver que decide después.