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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #889529  por zaza
 
Hola a todos quería consultarles lo siguiente

una mujer tiene esta jubilada por edad avanzada y fallece el marido ( jubilado ) ella comenzó a tramitar la pensión y recibió del Anses una nota donde le dan 30 días para que opte entre la jubilación de edad avanzada o la pensión.

Yo le sugerí que renuncie a la jubilación de edad avanzada y que opte por la pensión del marido ( que es mucho mas elevada.

Mi idea es que renuncie a la edad avanzada y luego le preparo la jubilación Ordenaria .

Es correcto como la asesore? tengo mi dudas porque no le dije de y trasformarla la jubilación por edad avanzada en jubilación ordinaria porque tardaría mucho mas en resolverse.-

que opinan gracias
 #889532  por anibal martin
 
Estimada Zaza. Tu asesoramiento es correcto. La 24241 - art. 35 bis - lo dice claramente en su apart. 4 al señalar que ..."el goce de la PEA es incompatible con la percepciòn de toda jubilacion, pensiòn, etc., sin perjuicio del derecho del beneficiario a optar poor percibir ùnicamente la prestaciòn mencionada en primer tèrmino..."amf.
 #889533  por periquita
 
zaza escribió:Hola a todos quería consultarles lo siguiente

una mujer tiene esta jubilada por edad avanzada y fallece el marido ( jubilado ) ella comenzó a tramitar la pensión y recibió del Anses una nota donde le dan 30 días para que opte entre la jubilación de edad avanzada o la pensión.

Yo le sugerí que renuncie a la jubilación de edad avanzada y que opte por la pensión del marido ( que es mucho mas elevada.

Mi idea es que renuncie a la edad avanzada y luego le preparo la jubilación Ordenaria .

Es correcto como la asesore? creo que no tengo mi dudas porque no le dije de y trasformarla la jubilación por edad avanzada en jubilación ordinaria porque tardaría mucho mas en resolverse.- se resuelve enseguida porque es sólo moratoria (puede tardar que llegue el expediente de la PEA)

que opinan gracias Podés pedir la transformación y al mismo tiempo la pensión
 #889536  por anibal martin
 
Hola Periquita. Es decir que no es necesario que renuncie a su JEA?..y èsta se puede convertir en J.O. por medio de la Moratoria. Por supuesto siempre y cuàndo alcance los 30 años entre lo aportado y lo que entre en la 24476. Siempre se aprende algo. Gracias. amf.
 #889567  por zaza
 
anibal martin escribió:¿¡¡¡ què pavo que soy...!!! con el exceso de edad se soluciona todo...amf.
Si se puede pedir que se trasforme una jubilación de edad avanzada a Ordinaria ... y es cierto se compensa por el exceso de edad
si hay que presentar el sicam .
y lo que es mas importante es el expediente administrativo correspondiente a la edad avanzada o sea hasta que no llegue a la Udai el expediente no se resuelve.
es lo que mas tarda
esto ya me paso en un caso que lo trasforme.
el caso que trasforme tardo 10 meses a la fecha de cobro.