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  • RESOLUCION 1689/2012

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 #889855  por emn
 
Breve síntesis de lo dispuesto por la Resolución 1689/2012 dictada por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y publicada el 05/09/12 en el Boletín Oficial.


Se aprueba la estructura del Plan de Estudios de Formación Inicial para Aspirantes a Mediadores de la Ley Nº 26.589, sus instancias, programas, carga horaria mínima y bibliografía recomendada.
Dispone también la obligatoriedad de realizar un seminario que deberán realizar los aspirantes a ser mediadores.

La Resolución asegura que es conveniente mantener como líneas rectoras los contenidos materiales, cuyas instancias han permitido ponderar las competencias de los aspirantes a mediadores registrados.

Reza en el texto mencionado: “Hasta tanto se dicte la reglamentación integral y definitiva, se considera oportuno y conveniente establecer un período de evaluación anual, de modo que las actuales instituciones formadoras y los interesados, conozcan con la debida anticipación, las condiciones de evaluación".

A tal fin se dispone la exigibilidad de una instancia formativa adicional, destinada al conocimiento de las políticas públicas en la materia y de los aspectos incorporados a la normativa que rige la instancia de mediación prejudicial obligatoria.

La resolución establece que los aspirantes deberán inscribirse ante la Dirección Nacional de Mediación y Métodos Participativos de Resolución de Conflictos, hasta el día 21 del mes de septiembre de cada año, para cursar el seminario previsto entre los meses de septiembre, octubre y noviembre de ese año y poder ser examinados a partir del mes de noviembre inmediato y subsiguientes.

El examen de evaluación contará con una etapa de evaluación escrita; una instancia oral y una evaluación en práctica supervisada de mediación. La evaluación escrita se realizará en el mes de noviembre de cada año, aprobada esta etapa, se efectuará la evaluación oral. Aprobadas ambas tendrá lugar las prácticas supervisadas de mediación.