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  • MULTA EN DEFENSA DEL CONSUMIDOR

  • Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
 #884993  por draambrosini
 
Estimados, veamos si tengo suerte en este sector de Defensa del Consumidor, ya que en otros no he contado con mucha ayuda de los colegas foristas.
El tema es el siguiente:
La oficina Municipal de informacion al COnsumidor de TANDIL me ha impuesto una multa, agotando de ese modo la via administrativa.
Deseo apelar dicha multa y conforme al art. 45 de la Ley 24240 "Contra los actos administrativos que dispongan sanciones se podrá recurrir por ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, o ante las cámaras federales de apelaciones con asiento en las provincias, según corresponda de acuerdo al lugar de comisión del hecho."
En Tandil no existe fuero Contencioso Administrativo.
Donde debo revisar judicialmente la multa? En la SCBA?
Por favor, agradeceré la respuesta.
 #889859  por vaporeso
 
Primero dos cosas, te esta faltando el codigo provincial de implementacion de los derechos de los usuarios y consumidores (ley 13133) que fija el procedimiento administrativo y el organo revisor, fijando el administrativo obviamente (art 85) que de cualquier manera el codigo procesal administrativo ya fijaba (art 1 inc 1 ley 12008). La decision es local con lo cual el fuero es provincial y no federal.
En cuanto al juzgado con competencia en tandil es el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Nº 1 - Azul (Calle: Presidente Perón Nro: 446 Telediscado: 02281 Conmutador/es: 435517 / 21 Interno/s: 399-492) segun la pagina del poder judicial de provincia. Fijate que esta bueno el buscador para estos casos http://www.scba.gov.ar/guia/organismosresultado.asp.
Espero que sirva!