Les consulto si alguien puede orientarme, me vino a ver un contador, que fue perito en un juicio laboral. el tema es asi, le regularon por su labor , , le notificaron por cedula de la regulacion. Cuando es el momento procesal en el que deben pagarle? porque esta preocupado y me consulto para que inicie la ejecucion. al que pueda guiarme se lo agradezco.
Si estamos hablando de Capital, en principio, una vez que la sentencia quede firme (de 1° o de Cámara).
Algunas demandadas (aseguradoras y ART) igual depositan honorarios regulados en primera instancia aunque las partes apelen.
Están bien regulados los honorarios? También podría apelarlos por bajos.