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  • PASOS DE EJECUCION DE HONORARIOS

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #890660  por Sur
 
Colegas, esta vez recurro a la ayuda de Uds. por un tema personal: ejecucion de mis honorarios.

Les comento: Inicié el incidente, ya tengo la sentencia donde me reconocen mis honorarios mas un interes que se calculará desde la mora 15-12-10 hta el efectivo pago a la tasa ordinaria de descuento a 30 dias Bco. Pcia., más 10 % de aportes.

Consulta: El paso siguiente, sería practicar liquidacion en base la tasa activa Bco. Pcia. ... "Practica liquidacion - solicita se apruebe"????

Al demandado le embargue en 2011 una camioneta, ya debería pedir el secuestro de la misma en el mismo escrito de liquidacion???

El embargo cada cuanto hay que renovarlo???

Nunca hice un expediente de estos ... de esta experiencia voy a aprender a cobrar y a llevar adelante la ejecucion!!!! muchas gracias!!!
 #891138  por gusgus
 
ojo que el embargo de automotores caduca a los 3 años y no a los 5 como inmuebles...

en cuanto a practicar liquidacion, la misma no se hace hasta que se encuentren fondos depositados en la cuenta de autos...

para mi, tendrias que pedir secuestro del automotor...
si sabes el lugar donde se encuentra mediante mandamiento de secuestro y vas con el oficial de justicia y te llevas el auto....

si no sabes donde esta, pedir secuestro por policia de la jurisdiccion que corresponda, libras oficia y lo ponen activo el pedido de secuestro.. poneen el oficio que inmediatamente de realizada la medida se debe comunicar al juzgado como asi tambien al letrado xxxx al telefono xxxx....

luego el engorroso y caro tramite de subasta, la cual una vez realizada y depositado el dinero, practicas liquidacion...

exitos!!!