Buenos dias foristas: tengo una consulta sobre un caso en particular que ha llegado al estudio. La Sra. x estaba dirigiendose a su trabajo al cual ingresaba a las 8 am. Siendo las 7.30 baja la escalera del lado de afuera de su edificio cuando se tropieza y se hace doble fractura de su brazo. Inmediatamente lo comunica a su trabajo para que informen a ART, de su trabajo le dicen que no corresponde por ser accidente domiciliario y se atiende por un medico de su obra social, hoy vino al estudio y se la mando a denunciar a su ART de todas maneras, mi pregunta es la siguiente ¿ corresponde encuadrarlo en accidente in itinere cuando es la escalera del lado de afuera de su edificio?
Saludos a todos
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