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 #891525  por aldocari
 
Buenas Noches a todos los participantes del foro, mi nombre es aldo y soy policia de la provincia de jujuy, mi consulta es la siguiente en nuestra ley organica policial, esta previsto que el policia, trabaje de dia y de noche, cuando el servicio lo requiera, esta frase es muy generica, particularmente la considero muy obsoleta ya que este ley como la mayoria de nuestro reglamento fue sancionado durante la epoca militar, aparte de empeorar el servicio a la comunidad, ya que en la calles se encuentra a un policia cansado, que deteriora la imagen de la institucion, nosotros trabajamos 24 * 48 hs de descanso, estas pseudo 48 hs de descanso, son ficticias, ya que al cumplir las 24 hs que por lo general van desde las siete de la mañana hasta las siete de la mañana del dis siguiente?, nos tenesmo que quedar hasta las dos de la tarde, y posiblemente hasta que nos consigan un relevo en el caso de haber movilizaciñon o algun servicio, encima de estar transnochado no nos dan ni un sandwich, ni nada, a pesar de que en nuestro reglamentos no se mecione la cantidad de horas que se debe trabjar, a mi este sistema me parece insconstitucional y aberrante, ya que genera mucho parte psicologico en los empleados policiales y muchas veces los jefes utilizan esto del recargo para perseguir a alguien que no le caiga bien, es aplicalbe la jornada limitada de trabajo que menciona el art. 14 bis de la consticucion, nos protegen leyes superiores a un reglamento policial. Estaria muy agradecido por su información. Atentamente Aldo Cari
 #891661  por andresxeneizes
 
como decis vos cae de maduro que lo que estan haciendo no esta dentro de las ley, ni siquiera dentro del sentido comun, el problema (que no es un problema juridico) cuando se da esto en una relacion de dependencia es que pasa si uno reclama?, no sea cosa que uno reclame y despues lo despidan y termine siendo peor el remedio que la enfermedad, tendrias que consultar a un abogado para que te asesore bien sobre que te conviene hacer