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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #891551  por alejandra01
 
Hola gente. Estoy con un problema porque mandé a una clienta a presentar multinota en afip, pidiendo que le den de baja el plan de pagos ley 25865 que había realizado en el año 2004 y no pudo pagar más que 2 cuotas.
Le puse en la nota que era a fines de realizar un nuevo plan de pagos para regularizar la deuda.
La empleada de afip le dijo que no podía recibirle la multinota y que debía pagar la deuda...y son como 8000 pesos, sin los cuales no puedo jubilarla porque no me permite calcular el sicam por ley 24476.
Leí varios post donde comentaban que habían podido presentar la multinota. Puede negarse la empleada a recibirla?..si eso lo debe decidir internamente el Afip, no la empleada de recepción de papeles!..
 #891559  por fabidoc
 
Yo he presentando sin problemas. Lo tienen que tomar, porque es deuda que no se puede reformular. No se puede negar.
 #891564  por anibal martin
 
Lo que dice Fabi. es exactamente lo que yo hice, en diversas oportunidades. La reciben, procesan - desde Mardel - las envìan a la CABA y en un par de meses - a màs tardar - el Plan està dado de Baja. Esto ocurre fundamentalmente pues al estar en condiciones de jubilarse - edad y servicios de por medio - es plenamente aplicable la 25321 y pasa a no ser exigible la deuda. Esto en tanto y en cuànto no necesite esos aportes para jubilarse pues si asì fuera deberìa pagarlos o bien tomar perìodos de la 24476 si le dan los tiempos...amf.
 #891567  por arandu2
 
Las agencias de AFIP del interior también tienen su librito. Como en las UDAI.

Yo presenté multinota y no enviaron a BS As, a los pocos días ya estaba hecha la baja de ese plan. Le expliqué a la Jefa de recudaciones lo que quería y entendió. Yo creo que hay que acompañar al cliente, porque sino le dicen cualquier cosa y el tramite no sale.

Saludos
 #891583  por diegomdp
 
la que permite la baja es la rg 2017/06 yo tambien tuve problemas en su momento es mas nunca quisieron dar de baja obvio que como todo es porque los empleados de afip no conocen la normativa y encima hacen los que se les antoja y nadie se hace cargo de nada, el tipo de mesa de entradas gana 13 lucas por mes y cuando vas te dicen yo eso no lo se hacer espera que vuelva de su licencia tal que es el unico que lo sabe hacer, por dios cuando sea presidente los hecho a todos no queda ningun inutil en la funcion publica :mrgreen:
 #891584  por diegomdp
 
anibal martin escribió:Lo que dice Fabi. es exactamente lo que yo hice, en diversas oportunidades. La reciben, procesan - desde Mardel - las envìan a la CABA y en un par de meses - a màs tardar - el Plan està dado de Baja. Esto ocurre fundamentalmente pues al estar en condiciones de jubilarse - edad y servicios de por medio - es plenamente aplicable la 25321 y pasa a no ser exigible la deuda. Esto en tanto y en cuànto no necesite esos aportes para jubilarse pues si asì fuera deberìa pagarlos o bien tomar perìodos de la 24476 si le dan los tiempos...amf.
en que afip te la dieron de baja porque recuerdo que en la 1 una tal patricia se negaba darlas de baja hace un par de años ahora hace tiempo que no intento una baja de este plan
 #891724  por alejandra01
 
Diego. esta normativa es la que debo señalar en la multinota???
ese plan que realizó mi clienta abarcó períodos de autónomo y otros de monotributo...y es lo que debo dar de baja...

diegomdp escribió:la que permite la baja es la rg 2017/06 yo tambien tuve problemas en su momento es mas nunca quisieron dar de baja obvio que como todo es porque los empleados de afip no conocen la normativa y encima hacen los que se les antoja y nadie se hace cargo de nada, el tipo de mesa de entradas gana 13 lucas por mes y cuando vas te dicen yo eso no lo se hacer espera que vuelva de su licencia tal que es el unico que lo sabe hacer, por dios cuando sea presidente los hecho a todos no queda ningun inutil en la funcion publica :mrgreen:
 #892110  por alejandra01
 
gracias. He leído otros aportes del tema, y encuentro post que dicen que hay que pagar la parte impositiva, no la previsional para que den de baja el plan. No encuentro el argumento. Mandé un mail a mesa de ayuda a ver que pinta...
Si hay que pagar eso alguien sabe si es así?..o no se paga nada?..se regularizó período 98 a 2004 algunos de autónomos y otros de monotributista.
 #892379  por alejandra01
 
les cuento que hoy fuí al Afip San Martín. Me dijeron que sí o sí debo pagar el componente impositivo, y recién ahí puedo pedir la baja del plan.
Llevé lo que decían los post, el Evento 1994 - ¿CÓMO REALIZO LA BAJA DE PLANES DE FACILIDADES DE PAGOS CORRESPONDIENTES A LA LEY 25865?
13/06/2008 12:00:00 a.m.
La baja de planes de facilidades de pagos correspondientes a la Ley 25865, podrá ser solicitada en la agencia que le corresponda de acuerdo a su domicilio fiscal.
Se deberá tener en cuenta que la baja procede solamente para los planes correspondientes a los impuestos 374 y 375, y que se encuentren con Situación "Vigente" y Estado "Aceptado" u "Observado".
Una vez dado de baja, en primera instancia el plan quedará con la Situación "Baja Prov." lo que implica que solamente se podrá realizar una liquidación en el SICAM 1, pero no podrá efectuar el ingreso al plan Ley 24476. Tal situación se mantendrá hasta tanto se modifique el Estado de "Baja Prov." a "Baja Age", el cual demorará hasta que se confirme la baja del plan, mediante procesos centralizados.
Fuente: CIT AFIP
y le dije que en éste no decía que debo pagar el componente impositivo para la baja..
Y bueno, me dijo que si me lo tomaban en otro lado cambie el domicilio y lo haga ahí...juaaa
cada afip con su librito también???
voy a tener que liquidar, pero es deuda del año 98, supongo que será una fortuna...
Alguna idea?
 #892517  por Anyweb
 
Arandu
No es tan fácil el cambio de domicilio. Te piden 2 servicios a nombre del titular.
O un Certificado de Domicilio más otra prueba.
Por lo menos en la Agencia 6.
 #892518  por arandu2
 
Yo hago el cambio de domicilio online, luego el cliente recibe una carta de afip en ese domicilio con el codigo de validacion.