Doncella_de_Orleans escribió:Tuiti escribió:Uhh, me había olvidado, ya la busco. 
Hablando de buscar, cuando puedas por favor dale una miradita a "mis papeles" en Buenos Aires... Okis
Bueh, ni bien envié la respuesta anterior, pafffffffffff se cortó la luz y luego me fui a una reunión ( en la que eran varios abogados y NADA de comer o un mísero café ) y recién vuelvo.
Retomemos.
De acuerdo a mi vasta trashectoria en el Derecho Laboral, te cuento
Cuando trabaja entre 6 hs. y hasta 16 hs., la obligación de aportar estaría en cabeza de cada uno de los empleadores. Como el mes para la jubilación/obra social corre a partir de un aporte de 16 hs. o más, serían los empleadores de menor carga horaria los que deberían hacer el aporte menor ( $20,00 y $ 39,00 ) y así la empleada llegaría a completarlo.

¿ Se entiende ?
La realidad es que muy poca gente lo hace.Sí los que pagan por 16 hs.o más.
Despó te mando mi factura.
Atte. La Tui, una experta en laboral.
