Hola estimados colegas, tengo que iniciar un juicio de divorcio por causa objetiva, tenencia , alimentos en Rosario. Quisiera saber cual es el juicio que se le aplica a régimen de visita. El divorcio y alimentos es por juicio oral pero no se el de visita o si lo puedo hacer junto al de alimentos o son los tres juicios que van por separados. Gracias
HOLA LUCIANA FIJATE EL ART 68 DE LA LOPJ ESTABLECE LA COMPETENCIA D ELOS TRIB DE FLIA.
EL REG D EVISITAS TRAMITA POR VIA DE JUICIO ORDINARIO.
SALUDOS