Buenas!!
Por casualidad alguien tendrá un modelo de APELACIÓN para un proceso de Violencia Familiar (voy por el denunciado).???
Ante un escrito mio pidiendo que se levante la cautelar de restricción de perímetro y que se permita el contacto entre el padre y sus hijos menores, El juzgado me saco un proveído...NO HA LUGAR..recurrase por la vía procesal pertinente.- (Art 198 CPCCPBC y art 10 Ley 12569). (Providencia Simple o Interlocutoria?)
ARTICULO 198: Cumplimiento y recurso. Las medidas precautorias se decretarán y cumplirán sin audiencia de la otra parte. Ningún incidente planteado por el destinatario de la medida podrá detener su cumplimiento. Si el afectado no hubiese tomado conocimiento de las medidas con motivo de su ejecución, se le notificarán personalmente o por cédula dentro de los 3 días. Quien hubiese obtenido la medida será responsable de los perjuicios que irrogue la demora. La providencia que admitiere o no hiciere lugar a una medida precautoria será apelable. Si la concediese, lo será en efecto devolutivo.
Art. 9 - El Juez o Tribunal interviniente, en caso de que lo considere necesario, requerir� un informe al lugar de trabajo y/o lugares donde tenga actividad la parte denunciada, a los efectos de tener un mayor conocimiento de la situaci�n planteada.
Asimismo deber� solicitar los antecedentes judiciales y/o policiales de la persona denunciada con la finalidad de conocer su conducta. DEC. 2875/05:SIN REGLAMENTAR
Art. 10� - La resoluci�n referida en el art�culo anterior ser� apelable con efecto devolutivo y la apelaci�n se otorgar� en relaci�n.
Mis dudas aparte de pedir el modelo...... Procede la Revocatoria o Reposición (Es ante un juzgado de familia)??? para manejarlo con la apelación en subsidio?
Si procede lo fundo en el escrito. Si no procede la revocatoria, luego en el "expresa Agravios"??
Desde ya les agradezco que me guíen...
Por casualidad alguien tendrá un modelo de APELACIÓN para un proceso de Violencia Familiar (voy por el denunciado).???
Ante un escrito mio pidiendo que se levante la cautelar de restricción de perímetro y que se permita el contacto entre el padre y sus hijos menores, El juzgado me saco un proveído...NO HA LUGAR..recurrase por la vía procesal pertinente.- (Art 198 CPCCPBC y art 10 Ley 12569). (Providencia Simple o Interlocutoria?)
ARTICULO 198: Cumplimiento y recurso. Las medidas precautorias se decretarán y cumplirán sin audiencia de la otra parte. Ningún incidente planteado por el destinatario de la medida podrá detener su cumplimiento. Si el afectado no hubiese tomado conocimiento de las medidas con motivo de su ejecución, se le notificarán personalmente o por cédula dentro de los 3 días. Quien hubiese obtenido la medida será responsable de los perjuicios que irrogue la demora. La providencia que admitiere o no hiciere lugar a una medida precautoria será apelable. Si la concediese, lo será en efecto devolutivo.
Art. 9 - El Juez o Tribunal interviniente, en caso de que lo considere necesario, requerir� un informe al lugar de trabajo y/o lugares donde tenga actividad la parte denunciada, a los efectos de tener un mayor conocimiento de la situaci�n planteada.
Asimismo deber� solicitar los antecedentes judiciales y/o policiales de la persona denunciada con la finalidad de conocer su conducta. DEC. 2875/05:SIN REGLAMENTAR
Art. 10� - La resoluci�n referida en el art�culo anterior ser� apelable con efecto devolutivo y la apelaci�n se otorgar� en relaci�n.
Mis dudas aparte de pedir el modelo...... Procede la Revocatoria o Reposición (Es ante un juzgado de familia)??? para manejarlo con la apelación en subsidio?
Si procede lo fundo en el escrito. Si no procede la revocatoria, luego en el "expresa Agravios"??
Desde ya les agradezco que me guíen...
No confundas mi personalidad con mi actitud. Mi personalidad es quien soy yo, y mi Actitud depende de quien seas vos