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  • Reajuste por 18037 o por 22955 ????

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #893878  por maril
 
Chicos les consulto esta situación porque no se que hacer.
Mi cliente tiene 85 años se jubiló como empleado de Universidad Nacional en el año 1985.
Como su salud no es buena, por la urgencia, inicié reclamo por ley 18037 y Badaro,( nunca le pregunté donde trabajó porque lo conozco de toda la vida y yo estaba convencida de que trabajaba en una empresa). Anses me responde diciendo que el beneficio lo obtuvo bajo la ley 22955 y obviamente no corresponde reajuste.
Mi consulta es Si yo reclamo ahora judicialmente el 82 móvil de la ley 22955 debería iniciar el nuevo reclamo administrativo? Realmente el hombre está mal de salud, como puedo hacer para no tener que esperar a que la Anses me lo deniegue.
Gracias a aquellos que se interesen en darme una mano!!!!!!!!!!!!!!!!
 #894156  por crisyta
 
Si se jubiló x ley 22955, podes conseguir. el reajuste en sede administrativa, sólo necesitas la certificación del lugar donde trabajó diciendo cuánto ganaba un activo a.marzo del 95, y sacar el 82% de eso y sumarle todos los aumentos q hubo hasta la actualidad. Si después d hacer todo eso t da q tendría q ganar más plata entonces le corresponde el reajuste, y pedís q lo manden a trámites complejos q ahí t lo dan en unos meses. Y Consejo antes d iniciar cualquier reajuste saca rub f 9 d la anses así t aseguras con q ley se jubiló la persona q con onda haciendo las cosas a ciegas podes perjudicar a las personas
 #894505  por maril
 
Muchas gracias por su interés y por su ayuda! Les cuento que tengo una copia certificada por Anses de la certificación de ss. que se encuentra en el expte. de su jub. obviamente es viejísima pero bueno ahí consta sus remuneraciones, otra cosa se jubiló en el año 1985, osea que las remuneraciones son en australes, y además tengo también una copia certificada por Anses de una Certificación del año 1993 en el que dice lo que una persona ganaba en el año 93 en el mismo cargo, esto último se debe a que solicitaron un reajuste pero lo archivaron diciendo que se encuentra comprendido en las disposiciones del art. 7 de la ley 24.463, reglamentado por dto 525/95.
Me servirán estas certificaciones??? Ya que les recuerdo que la salud del Sr. no me acompaña para hacer más trámites.-
Gracias chicas!!!
 #894507  por maril
 
Otra cosita, Anses me respondió en el reajuste que pedí de la 18037, que se le otorgó el beneficio por la ley 22925, de todos modos lo confirmo con un rub!!!
 #894763  por dool
 
maril escribió:Chicos les consulto esta situación porque no se que hacer.
Mi cliente tiene 85 años se jubiló como empleado de Universidad Nacional en el año 1985.
Como su salud no es buena, por la urgencia, inicié reclamo por ley 18037 y Badaro,( nunca le pregunté donde trabajó porque lo conozco de toda la vida y yo estaba convencida de que trabajaba en una empresa). Anses me responde diciendo que el beneficio lo obtuvo bajo la ley 22955 y obviamente no corresponde reajuste.
Mi consulta es Si yo reclamo ahora judicialmente el 82 móvil de la ley 22955 debería iniciar el nuevo reclamo administrativo? Realmente el hombre está mal de salud, como puedo hacer para no tener que esperar a que la Anses me lo deniegue.
Gracias a aquellos que se interesen en darme una mano!!!!!!!!!!!!!!!!
Perdón, pero no necesitás iniciar un nuevo reclamo.-
iniciá la impugnación judicial encuadrando el caso en la ley 22.955 (PORQUE SÍ CORRESPONDE REAJUSTE, expresando a su vez y si te parece necesario el curia novit curia.-
fallos Casella, Brochetta y Ovejero.-

sds!!
 #895219  por maril
 
Gracias, gracias, gracias!!!! chicos es de Udai Mendoza, les agradezco mucho, en cuanto tenga armado el reclamo les cuento y me dan su opinión igual les vuelvo a preguntar es necesaria la certificación, debo presentarla si o si? Saludos