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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #894584  por TOM08
 
Hola a todos
tengo una jubilación rechazada desde abril, todavia no me notificaron, quiero reliquidar y presentar de nuevo, no me dejan notificarme personalmente y me dicen que estan muy atrasados con las notificaciones. Tengo alguna alternativa aparte de esperar?
Gracias y saludos
 #894585  por floppy
 
Te diría que vayas y que te notifiques personalmente en el expediente, no te pueden negar eso, ademas lleva la nota para pedir la baja del sicam, y así presentas uno nuevo , suerte!!
 #894786  por diegomdp
 
tom aca hay una delegacion que hace lo mismo la delegacion de mar del plata, y si te queres notificar personalmente no te lo permiten porque te dicen que no esta hecha la resolcion denegatoria, que no esta firmada por el jefe de udai o que no esta protocolizada, y encima despues de tardar 6 meses muchas veces las resoluciones denegatorias viene con errores te ponen meses acreditados que no estan acreditados.

yo lo que iba a hacer para el caso de la tia de un amigo es hacer un reclamo por incumplimiento de normativa, el tema es que necesitas clave de seguridad social, por que en el 130 no te lo van a querer tomar ni loco( no viene al caso explicar porque), tambien podes mandar carta a paseo colon 239 piso 1 contrafrente que es la gerencia de atencion de reclamos, si le meten muchos reclamos relacionados por lo mismo, lo van a levantar en peso desde la gerencia de prestaciones, lo que pasa que nadie se compromete porque tiene miedo porque despues tiene que volver a presentar ahi, lo mejor para evitar eso es esperar a que salga y despues ir haciendo las denuncias a nombre de los titulares una vez que ya se resolvio el expediente.

la normativa que incumplen es esta

PREV-21-03 Vigencia: 18/10/2004

Tramitación de Pedidos de Vistas en UDAI

Consideraciones Generales
Las solicitudes de vistas se concederán, en la forma y plazo previsto por el Reglamento de Procedimientos Administrativo - Decreto Nº 1759/72 (T.O.1991) , en el área que se halle radicado el expediente, incluso en el archivo, conforme al articulo 10 de la Resolución D.E. Nº 107/97.
El citado reglamento en su articulo 38 establece “.... la parte interesada, su apoderado o letrado patrocinante, podrán tomar vista del expediente durante todo su trámite, con excepción de actuaciones, diligencias, informes o dictámenes que a pedido del órgano competente y previo asesoramiento del servicio jurídico correspondiente, fueren declarados reservados o secretos mediante decisión fundada del respectivo Subsecretario del Ministerio o del titular del ente descentralizado de que se trate...”.
Las áreas operativas podrán regirse por un esquema propio de turnos de otorgamiento de vistas los cuales quedarán bajo supervisión de la Jefatura Regional o Gerencia respectiva. Los turnos deberán otorgarse diariamente y la atención de las mismas no podrá superar las tres horas diarias.
Las vistas se concederán durante el horario de atención al público de cada unidad, se dará en un sector específico de la UDAI a determinar por el Jefe de la misma, y quedará bajo responsabilidad de la Coordinación Soporte Administrativo de la UDAI.
Ante la solicitud de un pedido de vista, debe dejarse expresamente aclarado, que en ese acto, no se podrá agregar ningún tipo de documentación, en consecuencia, si el objetivo de la Vista fuese este, el orientador debe atender el requerimiento, según la modalidad de atención regulada para tal fin (concesión de turno para el sector correspondiente o atención espontánea según el tipo de trámite y la modalidad regulada para esa UDAI).

Cuando un beneficiario, afiliado o su apoderado se acerque a la UDAI a solicitar una vista, el Sector Orientación derivará al interesado al Sector de la UDAI en que se decida la atención de vistas.
 #894985  por TOM08
 
muchas gracias por tu ayuda, yo estoy convencida que la denegatoria esta mal, mi cliente tenia mas de treinta años de aportes todo autonomo, por esos quiero verlo y no perder mas tiempo, demoro un año y medio en salir y encima llevo seis meses esperando la notificación, voy a intentar todo otra vez gracias
 #895011  por pilar77
 
Qué mal!!! podrías decir de qué UDAI estas hablando? no te pueden negar el derecho a notificarte personalmente... y si envías carta documento al jeje de la UDAI y a Bossio? además de no dejarte notificar decis que tardaron año y medio en un autónomo puro... son de terror ahí!!! no tengas miedo de reclamar lo que corresponde *suerte*
 #896717  por TOM08
 
udai centro de rosario , mañana voy otra vez a ver si logro algo, despues cuento
 #896782  por arandu2
 
Que tu cliente mande telegrama ley, urgiendo la notificacion de la resolucion del expediente tal, bajo apercibimeitno de presentar amparo por mora de la administracion
 #896981  por floppy
 
A mi me pasó una vez y tuve la suerte de hablar con alguién responsable del area de inicio de reclamos de reajustes y me mostró el expediente y como estaba todo la resolución la firma y no se había practicado la notificación fué que me notifiqué personalmente.
Ahora estoy con un tema similar, trabajador insalubre le piden en cese para liquidarle el haber, me notifiqué por web pero no sirve y presentemos el cese y dice que no lo puedo presentar y que tengo que esperar la notificación en casa....UNA BARBARIDAD!!!!!...para colmo ahora quien sabe cuando le liquidan y mientras tanto de que vive mi cliente....nunca mas !!!! en fin así es!!por esta cuestión pediré tomar vista del expediente lo pido en el archivo y sino al responsable del área y le plantearé la cuestión....les cuento como sigue!!!
Floppy :P