Tengo un caso de afectacion en el veraz por una deuda a Claro que mi cliente no sabia que la tenia, en el reclamo administrativo cuanto se puede reclamar por daños? desde ya muchas gracias
Estimado:
En la instancia de conciliación no se puede reclamar indemnización por daños. Si la instancia se cierra sin conciliar, se podrá solicitar daño el, daño directo (art. 40 bis - L. 24.240) y daño punitivo (art. 52 bis- L.24.240), que se resolverá, si corresponde, en la etapa de sumario.
Sí podrá peticionarla directamente en instancia judicial, mediante demanda por daños y perjuicios.
Espero que el comentario le sea de utilidad.
Atte.