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  • consultas básicas sobre 1º proveído

  • Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
 #895210  por Armando1234
 
Hola amigos!, consulto por lo siguiente a ver si alguien me puede dar una mano:

Demando a la Provincia de Bs As por un tema de empleo publico del Ministerio de Seguridad. En el primer proveído veo que me recaratulan la causa y le ponen "Fisco de la Provincia". Ahora bien, tengo que enviar oficio para requerir expedientes administrativos y en el último punto del proveído dice: "De conformidad con las facultades conferidas por el art, 34 inc. 5 del C.P.C.C. (conf art. 77 inc. 1 del C.C.A.) requiérase de las partes actora y demandada la remisión del escrito de demanda y sus contestaciones, en soporte informático, a la casilla XXXXX. Notifíquese.".

La duda es:
1. Tengo que confeccionar el oficio para el Ministerio de Seguridad: va a confronte? lo firmo yo? lo diligencio yo?
2. A quien le envío la cédula? al Fisco de calle 1 y 60?

Gracias!
 #895369  por gusgus
 
1) confeccionas el oficio, va a confronte y lo firman en el juzgado. Entiendo que va dirigido al organismo donde tramito el expte, en este caso supongo Min de Seguridad, con los apercibimientos que seguramente constan en el despacho
2) la cedula de traslado de demanda va dirigida al fisco de la pcia de bs as, calle 1 N°1342 esq 60 de La Plata
 #895371  por gusgus
 
lo ultimo que consultas, es que te estan pidiendo remitas en formato digital el texto de demanda a la casilla de correo que mencionan
 #895694  por Armando1234
 
muchas gracias gusgus!

mirá, te cuento: hoy llevé el oficio a confronte y el chico de mesa de entrada lo miró y le puso un sello, me dijo que ya lo podía diligenciar (sin firma de secretario ni de nadie). Mañana iré al Ministerio a ver si lo reciben, es un oficio sin firma con sello del juzgado (me pareció raro).

Respecto de la cédula, el "notifíquese" del primer proveído se refiere al traslado de la demanda? recién voy a pedir las actuaciones administrativas, al menos en los pocos casos que vi, se pedía el traslado de demanda después que el juez tenía los exptes administrativos, y el abogado que hacía ésto siempre presentaba un escrito para que se autorizara el traslado de demanda, a lo que el juez decía en proveído algo como que "siendo la demanda prima facie formalmente admisible, se da traslado para que la demandada conteste en el pazo de X días".

Mil gracias nuevamente!