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  • Deuda con Fideicomiso CM1

  • Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
 #882695  por dravaleria
 
Buenos dias a todos los colegas.
Necesito ayuda con el siguiente caso: A una clienta le llego una intimacion extrajudicial por una deuda que mantiene con Fideicomiso CM1. Como tengo conocimiento de que estos tienen varias denuncias por estafa, llame primero al telefono que informan en la intimacion y me dicen que la deuda es con la empresa Claro (a quienes Fideicomiso CM1 le compro la cartera de clientes morosos). Luego llamo a Claro para corroborar lo que me dicen y alli me dicen que efectivamente existia una deuda de Septiembre, octubre, Noviembre y Dic. del año 2007 y que se vendio la cartera de clientes morosos a la empresa Fideicomiso CM1.
Ahora bien, pregunto:
1. La prescricion de la accion es de 3 años verdad?
2. Ellos intiman a traves de una "carta" que te dejan por debajo de la puerta, es decir, no consta la fecha de recepcion. Eso es apto para interrumpir o suspender la prescricion???
Cualquier otro aporte con respecto al tema sera muy bienvenido.
Desde ya gracias por la ayuda!
 #885770  por leoneldero
 
estimada. tengo un caso parecido
vienen hace un año con este tipo de comunicaciones. si su clienta nunca contrató con la empresa de telefonía referida, inicie el reclamo en defensa del consumidor.
a fin de determinar la realidad de los hechos, le conviene tambien citar a Claro o la empresa a que refiera el fideicomiso. pida todas las multas de ley y en caso de determinarse la posible comision de un ilícito, pida la remision de expte al fuero correspondiente.
saludos. contame como te fue.
 #894688  por AbogadaLS
 
Estimada:
Deberá iniciar la acción contra la Empresa Claro y contra el Fideicomiso, a través del Estudio de Cobranzas que lo haya intimado.
Le sugiero que intime a las Empresas a brindar información tal como: origen y detalle pormenorizado de la deuda (intereses, etc,), vinculación jurídica entre Claro y quien reclama la deuda; Si Claro cedió los créditos, si esa cesión fue comunicada fehacientemente al cliente, adjuntando el comprobante correspondiente.
Pida que cesen las intimaciones y que se abstengan de comunicar a los centros de informes crediticios.
Más allá de que la deuda se encuentre prescripta, sería conveniente el reclamo dado las Empresas venden las carteras de morosos (ya sea por deuda propia o por líneas desconocidas), y las intimaciones no cesan más allá de la prescripción y hasta incluso pueden informar a Veraz .
Espero que le sea de utilidad

Atte
 #895407  por lawyer1963
 
Respondiendo la duda de la colega entiendo que corresponde intimar al fideicomiso CM1 y CLARO (AMX ARGENTINA SA) a brindar derecho de acceso conforme al Art. 14 de la ley 25.326 (derecho de acceso) y si vencido el plazo para hacerlo (10 dias) no responden quedará expedita la via de HABEAS DATA y de esa forma si puede deterinarse la fecha de la mora tambien abre una segunda posibilidad de iniciar por aparte una acción declarativa de certeza (Cfe Art 322 CPCC) para oponer la prescripcion cuatrienal por facturas vencidas.

Espero haberle sido útil.

www.defiendodeudores.com
 #895930  por AbogadaLS
 
Amplío mi comentario anterior.
Estos tipos de reclamos en Defensa del Consumidor son habituales y por lo general se solucionan sin necesidad de llegar a instancia judicial.
Se promueven como "desconocimiento de deuda".