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  • Reg. de Visitas - Rebeldia - Como sigue??

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #892525  por Brunito
 
Hola gente inicie un reg. de visitas por una abuela. La demandada (madre del chico) quedo notificada pero no contesto demanda. Hable con ella para llegar a un arreglo pero no quiere. Como sigue el proceso??? pido rebeldia y que el juez dicte sentencia??? Me estblecera un reg. de visitas que la madre deberá cumplir??? siempre hago laboral por eso no tengo ni idea. Gracias
 #895231  por facultadnqn
 
Estimado soy de Neuquén, no creo que varíe mucho el Código Procesal, una vez decretada la rebeldía, y posteriormente quedando notificada la demandada, se traba la litis, por lo que luego tenes que hacer un escrito solicitando se declare la cuestión de puro derecho y se dicte sentencia conforme la demanda que vos presentaste. Es muy probable que antes de que se dicte sentencia el expediente se vaya en vista a alguna defensoria de los derechos del niño o asesoría del menor, desconozco como es la oficina allá, la opinión va a ser respecto del expediente, y conforme lo que diga en su dictamen el expediente pasa a resolver.

Saludos.
 #895565  por santiheladero
 
Art. 840. [FALTA DE CONTESTACIÓN DE DEMANDA.] - La falta de contestación de demanda importará el reconocimiento de los hechos lícitos pertinentes y el tribunal dictará sentencia, sin perjuicio de decretar las medidas o diligencias del art. 36, inc. 2, de este Código, si lo estimare necesario.