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  • condena en suspenso - informe de reincidencia -

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 #895529  por AAV
 
Gracias por tu respuesta firme feragus ! !! un placer compartir los asuntos con Ud y los demás colegas de este foro. Saludos virtuales!.-
 #895744  por Andres125
 
feragus escribió:
AAV escribió:No cumplió con la pena impuesta. La pena fue suspendida en su cumplimiento, por lo tanto si fue suspendida, no la cumplió. Eso significa pena en suspenso, porque la pena que se le aplicó es de prisión y a prisión no fue.
Esta bien lo que Ud dice xD pero en realidad creo que a lo que se refería el colega es que la pena ya fue ejecutada. Ya pasaron los 4 años para que se considere por no pronunciada, ya paso el tiempo de sometimiendo a las reglas de conducta, osea ya esta. Lo unico que no paso es el tiempo para poder dictar una nueva sentencia con la misma modalidad, pero eso no forma parte de la pena antes impuesta (con esa modalidad de ejecución, en suspenso)
Igualmente aunque ya no se este ejecutando la pena , podría decirse "cumplida" (aunque no cumplio efectivamente prision como bien decis) xD, el registro informa por 10 años que lo condenaron en 2007 a esa pena de prisión y bajo esa modalidad . Más que nada en este caso es por los 8 u 10 años que se necesitan para poder dictar una nueva que se mantiene el registro, sino nunca se podría sdaber si esa exigencia se encuentra satisfecha.
 #906233  por AAV
 
Gracias Andres125! a vos Pandilla tmb.... entonces lo que me recomendas es que me acerque en el Juzgado, para solicitar actualizar el informe de reincidencia??? por lo menos solicitar actualizar los informes ... que figure CUMPLIDA. (????).-
Mil gracias, cualquier comentario sera bienvenido.
 #907368  por feragus
 
AAV escribió:Gracias Andres125! a vos Pandilla tmb.... entonces lo que me recomendas es que me acerque en el Juzgado, para solicitar actualizar el informe de reincidencia??? por lo menos solicitar actualizar los informes ... que figure CUMPLIDA. (????).-
Mil gracias, cualquier comentario sera bienvenido.

Insisto, la pena no va a figurar cumplida. Y el informe no tiene que actualizarse, a tu cliente le va a salir esa causa por 10 años y el que deberá tenerlo en cuenta será el tribunal que lo juzgue si comete un nuevo hecho para ver si llega a condenarlo, si tiene que unificarle o no las penas y si la pena por el nuevo hecho puede ser dejada en suspenso.
 #907531  por Andres125
 
es que ya figura cumplida (en el sentido que decis)En el registro figura la condenación, el computo de pena, etc. Como te dije al principio y te dice feragus, lo que informa el registro es que esa condena existió tal día, a tal pena con tal modalidad y dictada por tal juez. hasta que no pasen esos 10 años va a seguir saliendo.