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  • demanda por daños y perjuicios

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 #600764  por benjaguerrero
 
Hola, necesito que me den una mano. Tengo un caso, es asi: una persona dejo su auto a un chapista, sin contrato ni nada, solo de palabra (con taller en una casa donde alquilaba, 0 solvencia). El auto se incendio por completo ( 90%), segun el chapista se incendio solo, segun el bombero se incendio por que estuvo trabajando y no quito el tanque de GNC, al trabajar con soplete calento la valvula y esta se se derritio lo que hizo de mechero y quemo todo el auto. Estoy por iniciar demnda por daños y perjuicios, pero no estoy segurod de como encararla, sobre todo en lo que se refiere a DERECHO y RUBROS (ademas de daño material y moral, ¿que mas pido?)
si alguien me puede dar una mano, desde ya les agradezco!
 #601083  por cfg
 
Contrato hubo.
Creo que tiene obligación tácita de seguridad (yo haría que en esto fuera similar a un contrato de depósito)
El depositario es responsable de la culpa grave “in custodiando”; y se libera de ella demostrando que el perecimiento, el deterioro o la sustracción de la cosa, han tenido lugar por hecho no imputable a él; la llamada diligencia media importa el cumplimiento de “obligaciones instrumentales” , como la de alimentar a los animales en su poder, dar aviso al depositante de las medidas y gastos que sean necesarios para la conservación de la cosa, de hacer gastos urgentes y, con mayor razón, dar aviso en caso de pérdida o deterioro de la cosa. (R.L.L- 1994- 621, L.L.C- 1994- 190, Bucksath, Carlos, suc. c./ Pcia. de Córdoba, C. 5ª C.C. Córdoba, 04/11/93)
 #602342  por DESPISTADO
 
HOLA: un poco tarde pero espero que aun sea a tiempo.Yo lo veria por aplicacion del 1109 del CC y 505 CC tambien nota, halla o no contrato( que lo hubo) hay obligacion de reparar el daño causado; podrias agregar el lucro cesante si el vehiculo servia o era medio de realizar su trabajo, tambien todos los gastos que le demando la no utilizacion de su auto( por ej. remis para llevar los chicos al colegio, etc. Estudialo a ver que te parece .Saludos.-
..............
 #602357  por Tordita
 
Creo que también se puede encuadrar a través de la ley de defensa del consumidor, que permite poner a tu cliente en posición débil frente a quien tiene para con él, el deber de seguridad. Esta ley es muy rica para este caso más allá de los daños tradicionales para reclamar: daño directo, lucro cesante, depreciación del vehículo, daño moral. Incumplimiento del contrato y del deber de seguridad. Éxitos!
 #767022  por jorgelinag
 
buenasss me paso algo similar a benjaguerrero, mi cliente dejo en el electricista el vehiculo y este lo dejo afuera del taller y durante la noche paso una persona y lo incendio, tienen algun modelito de esto? muchas gracias!!!!! (es mi primer post, plisss ayudenmeee!!!!) desde ya gracias
 #896749  por Pinaldinho
 
Buenas a todos! Me meto en el tema para ver si me pueden dar una mano.!

Quería consultarles sobre un caso que me llego, el primero de estas características. El tema es que mediante un contrato una parte le presta a la otra durante el plazo de tres meses, para que en dicho terreno se construya un local. Vale destacar que no se estipula el precio pero si diferentes clausulas a cumplir. Por otro lado tengo como pruebas algunos recibos en donde consta el pago por dicho "prestamo".

Ahora bien, el contrato la parte que prestaba el terreno no lo cumplió y a los 6 meses desalojo a mi cliente, que ya habia construido el local y, el cual vale aclarar ya estaba funcionando. ( Tengo documental donde se comprueba todo los gastos que se efectuaron para levantar el local)

Ante estas características, hago un encuadre por contrato de comodato o de alquiler ( esto porque los recibos no figura por pago de local etc etc).?. Pido daños y perjuicios, perdida de chance y algo mas me falta?.


saludos y muchas gracias por las respuestas!
Pinaldinho
Miembro

Mensajes: 54
Registrado: Mié, 02 Mar 2011, 16:52
 #897062  por cfg
 
Pinaldinho escribió:Buenas a todos! Me meto en el tema para ver si me pueden dar una mano.!

Quería consultarles sobre un caso que me llego, el primero de estas características. El tema es que mediante un contrato una parte le presta a la otra durante el plazo de tres meses, para que en dicho terreno se construya un local. Vale destacar que no se estipula el precio pero si diferentes clausulas a cumplir. Por otro lado tengo como pruebas algunos recibos en donde consta el pago por dicho "prestamo".

Ahora bien, el contrato la parte que prestaba el terreno no lo cumplió y a los 6 meses desalojo a mi cliente, que ya habia construido el local y, el cual vale aclarar ya estaba funcionando. ( Tengo documental donde se comprueba todo los gastos que se efectuaron para levantar el local)

Ante estas características, hago un encuadre por contrato de comodato o de alquiler ( esto porque los recibos no figura por pago de local etc etc).?. Pido daños y perjuicios, perdida de chance y algo mas me falta?.


saludos y muchas gracias por las respuestas!
Pinaldinho
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Registrado: Mié, 02 Mar 2011, 16:52
¿prestó 3 meses o 3 años? además si se obliga a hacer mejoras sería más parecido a una locación que a un comodato...
 #897063  por cfg
 
ahora leo más...¿pago por "préstamo"? claramente es una locación más allá de cómo la llamen las partes
 #897103  por Pinaldinho
 
Buenas. Por ahi me explique mal. La cuestión es que en el contrato solo dice la palabra "autoriza" ( a utilizar el terreno en tal y tal por 3 años). Mi cliente tiene algunos recibos que solo dice "pago por prestamo" no dice de que ni de nada.... Por eso mis dudas.

Abrazo-