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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #897270  por Vik
 
Hola, les consulto por el inicio de acciones para el cobro de honorarios, habíamos hablado con mi cliente que debido a lo dificultoso de su tramite ( fue una de las mas dificultosas )mis honorarios eran tres haberes, en lugar de los dos que normalmente cobro. Como debido a que su jubilación alcanzo en su primer cobro los 5000 pesos, decidi que me abonara solo dos haberes, ahora, solo me abono uno y se resiste a abonarme el restante. La ley de regulacion de honorarios habla de un máximo de tres haberes, pero son los que él percibe o es sobre el monto de los haberes mínimos que pague Anses. Quiero saber si puede iniciarle acciones judiciales por el resto del haber que no me abonó. Gracias
 #897293  por andrea1982
 
La ley de honorarios dice hasta dos, dale para adelante, que si no te paga, le va a terminar saliendo mas caro.
 #897295  por sutriz
 
Buenas tardes
Corresponden honorarios sobre el haber que el beneficiario percibe. Te pego el art. de la L 17040:
Artículo 5: Los abogados y procuradores de la matrícula no podrán percibir de los beneficiarios que representen o patrocinen, honorarios que excedan del importe de dos meses de la prestación que a éstos corresponda. En el caso del apartado 2 del art. 4, el honorario no podrá exceder del diez por ciento (10%) del importe de la suma a percibir, con el tope indicado precedentemente. Los gestores administrativos y demás representantes no podrán percibir de los afiliados y derecho habientes retribución alguna en dinero o en especie por su intervención en los trámites.

Saludos
 #902469  por Vik
 
Gracias por su respuesta.
El señor me pago un haber de los dos, le di un recibo simple prometiendole que al finalizar el total de dos haberes le daba mi factura. Como encaro la ejecucion? Si en Anses me dicen que sin poder del señor actualizado no me dan copia del expediente? Tendrian un modelo sobre ejecucion de honorarios en materia previsional ? Gracias
 #903812  por norma1980
 
Yo la verdad que me queme una vez y nunca mas.
Ahora los acompaño o hago acompañar para que me abonen en el momento y entrego recibo..
La verdad es que te duele que despues de 6/8 meses escuchando sus problemas y coirriendo para todos lados no te abonen lo que corresponde...
Nadie trabaja gratis.
dale para adelante !! Suerte!!
 #905753  por Vik
 
Chicos, gracias por su respuesta, tiene alguien experiencia en la ejecucion de honorarios en materia previsional?

Sigo insistiendo en mi pregunta, cuando inicio la demanda , normalmente aporto como prueba la fotocopia certificada de la sentencia regulatoria, aqui ni siquiera tengo fotocopia del expediente en Anses pq no me la dan sin poder actualizado, como lo realizo? Gracias
 #905818  por arandu2
 
Tenes que presentar demanda ordinaria de cobro de honorarios extrajudiciales, y pedir se oficie a Anses para que remita el expediente administrativo en cuestión
 #905855  por Vik
 
Gracias arandu. Manifiesto en mi demanda que ya percibi un haber de los dos hablados verbalmente? No le hice firmar convenio de honorarios pq era un amigo de mi papá.
 #906358  por dralucigonza
 
Si, considero que tenes que relatar brevemente los hechos, manifestar que solo te pagó un haber y que lo establecido por la ley son dos haberes (basate en la ley fundamentalmente), y en escrito de demanda solicitá como prueba que se remita el expte. de Anses.
Saludos y exitos.
 #906674  por andrea1982
 
No hace falta convenio, lo dice la ley, aunque es un máximo, calculo que habiendo hecho el SICAM, habiendola presentado personalmente vos, etc. Te van a regular los dos haberes, y encima, tendrá que pagar las costas, ponerse un abogado, etc.
 #907893  por Vicflo
 
Es increíble que haya gente así!
La ley dice 2 haberes pero muchos cobran 3, encima fue dificultosa...probaste haciendole tomar conciencia al cliente que va a perder mucho mas si lo ejecutas, que tenes todas las de ganar; normativa y pruebas a tu favor. No importa que no tengas fotocopia del expte, vos ya figuras en el, lo iniciaste, y tramitaste y tenes el poder ahí, nadie lo revoco.Yo en tu lugar, si no revierte su actitud lo intimaria al pago mediante cd primero, quizas lo amedrentes y te evites el trabajo de iniciarle un juicio, porque cobrar cobras seguro, pero te va a tardar.
Exitos!
 #907957  por anibal martin
 
Hola. Nosotros cobramos tres. Lo justificamos por la intervenciòn de un Contador Pùblico para manejar todo lo procesal con Afip. Los acompañamos el dìa de cobro y ahì termina. Cuàndo no le alcanza nos traen al mes siguiente la diferencia. Lògicamente hay quièn te regatea cuàndo - al comienzo de la relaciòn - decimos que son tres haberes y normalmente transamos en dos o dos y medio.- Ahora bien cuàndo el importe es superior al mìnimo solemos hacer descuento. P. Ej. si cobra $ 4.000 mensual, en vez de $ 12.ooo cobramos $10.000.-En general les planteamos que hay quiènes cobran dos y que si quieren buscar a esos Profesionales que lo hagan no nos ofendemos. Pero dicen que no que por las referencias , etc., etc., prefieren hacerlo con nosotros. Asì que "avanti". Slds. amf.
 #908220  por MGS
 
Hola! Inicié la jubilacion a una colega, ésta no me pagó, le mandé mails, la llamé por tel y por último decidí mandarle carta doc.,siempre su respuesta fue "no te debo nada". Esta clienta me llega por recomendación de otra colega, quién le dijo que no le iba a cobrar nada por el trámite, pero ella no lo pudo hacer y me lo deriva a mí, yo hice todo, y siempre me comuniqué por medio de mails en todo lo que respecta a su trámite jubilatorio. Por lo cual ella sabía perfectamente que la abogada que le hizo la jubilación fui yo, me dió poder a mí!! firmé todos los formularios, fuí con ella el día del turno! Estoy indignada!!Alguien tiene algún modelo? lo hago como cobro de pesos?
 #908375  por andrea1982
 
Hace varios años, mi mamá le hizo un reconocimiento de servicios y SICAM a un hombre que, luego de un tiempo, supo que tenía alzheimer. También tenía servicios en la caja de previsión social de la Municipalidad de Rosario y Caja de la provincia de Santa Fe (la cual sería caja otorgante), luego de varios desencuentros (ya hecho el reco) supuso que el hombre no estaba interesado. Muchos años después, aparece un amigo y le comenta que el hombre estaba mal, pero, dentro de todo lucido y que ellos, dado que la mujer se había ido, se iban a hacer cargo. El no estaba declarado incapaz, por lo cual, estaba en condiciones de firmar. Se termina el reconomiento de servicios en la caja municipal.
Al tiempo, aparece la mujer, diciendo que la habían nombrado curadora. Me otorga poder a mi, para tramitar en la caja de la provincia (necesitaba, según ella el trámite urgente, porque lo estaban intimando a jubilarse de salud laboral), la caja de la provincia, me acepta SIN OBJECION alguna el nombramiento como curadora (que era PROVISORIO) y se inicia el trámite. Luego de un tiempo, aparece porque dice que salud laboral, quiere iniciarle la invalidez, pese a estar iniciada la jubilación ordinaria, se puso tan densa, que presenté un escrito en la caja, explicando las razones de esta nueva solicitud (en ese nuevo expediente, no me revoca poder, pero tampoco se agrega otro poder a mi nombre), me dicen que seguramente, se anexe al anterior, de jubilación ordinaria.
Al momento de presentar el CESE, le aceptan en dos de los trabajos la renuncia, no así en el tercero, donde argumentan que no puede renunciar la curadora PROVISORIA. Nos comunicamos con el abogado que la representa en la CURATELA y dice que el "habló" con el juez y el juez le dijo que no va a autorizar la renuncia. Ella dice que este abogado le dice que ella debe ser curadora 1 año, previa a ser curadora definitiva.
Se presentan así tres circunstancia.
1) Ella no le insiste a su abogado con pedir la autorización.
2) Según el ministerio de innovación y cultura, al no estar declarado incapaz, ellos aceptarían la renuncia firmada por él, la señora no quiere.
3) La señora, tampoco quiere que la patrocinemos en la CURATELA, aclarando que no revoca poder al otro letrado, a fines de que, dado que el otro abogado no quiere hacerlo, pedir la autorización nosotros.

Presenté un escrito en la casa de la provincia, explicando, la situación, a ver qué sale, dado que otra solución no encontramos.

Hace poco se comunica la señora y dice que nombraron una CURADOR AD LITEM, tampoco nos dice quien, así que no nos quedó otra que decirle que le cobraremos los honorarios hasta el trabajo realizado.

Problemas:
a) No riga la 17040 en la labor administrativa provincial.
b) Dónde nos presentamos? En la curatela? Contra quien pedimos regulación? El incapaz???

Gracias a quien se haya tomado la molestia de leer todo esto.
 #908526  por Vik
 
Chicos, gracias por la confianza que me dieron! Envie carta documento y el mismo dia estaba recibiendo el pago. Ahora le hago firmar convenio hasta al PAPA, y si no admitiré mas demora que un mes. Esto estoy aclarando. Besos