Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • RES 524 PUNTO 1.2.2

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #897321  por ana20077
 
HOLA, BUENAS TARDES
Quería consultarles cómo se presenta ante Anses, cuando necesitamos que en la solicitud del beneficio (jubilación) a efectos de completar los 30 años de aportes debemos aplicar el punto 1.2.2. de la res 524.
Es el caso de un señor que trabajó en Relación de dependencia desde el mes 02/1987 hasta el mes 03/1989 (26 meses) no posee ningun documento de prueba, y en la sabana del ANSES aparece el período desde 02 / 1987 hasta 00 y desde 01/1988 hasta 07/1988, con lo cual solo suman 18 meses.
El punto 1.2.2 de la resolucion 524 dice: se considerará acreditado el período laboral siempre que figure un 35 % del tiempo invocado con dicho empleador en el SIJP.
yo calculé el 35 % de 26 meses (periodo invocado) y me da 10 meses, si en el sijp aparecen 18 meses ¿puedo aplicar esta norma y computar 26 meses sin más prueba? es período posterior a enero de 1978 y anterior a 1994 (no recuerdo el mes) y no tenemos certificación de servicio y la empresa ya no existe.
ó 18meses dividido 26 meses me dá 0.69 (69%).
Cómo se solicita al inicio del trámite este derecho ?, ó simplemente se infoma el período desde hasta con ese empleador y ANSES verifica y aprueba ?
Desde ya muchas gracias por este espacio.
Saludos
 #897336  por sutriz
 
Hola
Enviá telegrama pidiendo la certificacion de serv. , y al inicio presentas el telegrama con el acuse de recibo, en solicitud de prestaciones pones el período 02/87 a 03/89 lo marcas (*) y en observaciones pedís aplicacion de Res. 524/08 p 1.2.2.
Saludos
 #897473  por ana20077
 
GRACIAS !!!!

El inconveniente se me presenta porque este señor sólo recuerda dos domicilios laborables pero no del empleador, él recuerda donde estaban ubicadas dos de las obras en las que trabajó, pero el empleador como sociedad desconocemos el domicilio de la administración o sede social. si tuviera el cuit buscaría por internet, pero del año 1987 apenas estaba computarizada la contabilidad, no tiene recibos ni nada. Lo único que puedo ver en el resumen de ANSES es el número de cuenta (es información anterior a Julio de 1994), no sé a qué domicilio enviar la carta documento solicitando la certificación laboral (además pasaron 25 años).
Gracias.
 #897568  por anibal martin
 
Hola. Enviàla al de la ùltima obra en la que trabajò. Te va a venir de vuelta por "destinatario desconocido" y asì como tal la adjuntàs. amf.
 #897635  por ecar
 
[quote="ana20077"]HOLA, BUENAS TARDES
Quería consultarles cómo se presenta ante Anses, cuando necesitamos que en la solicitud del beneficio (jubilación) a efectos de completar los 30 años de aportes debemos aplicar el punto 1.2.2. de la res 524.
Es el caso de un señor que trabajó en Relación de dependencia desde el mes 02/1987 hasta el mes 03/1989 (26 meses) no posee ningun documento de prueba, y en la sabana del ANSES aparece el período desde 02 / 1987 hasta 00 y desde 01/1988 hasta 07/1988, con lo cual solo suman 18 meses.
El punto 1.2.2 de la resolucion 524 dice: se considerará acreditado el período laboral siempre que figure un 35 % del tiempo invocado con dicho empleador en el SIJP.
yo calculé el 35 % de 26 meses (periodo invocado) y me da 10 meses, si en el sijp aparecen 18 meses ¿puedo aplicar esta norma y computar 26 meses sin más prueba? es período posterior a enero de 1978 y anterior a 1994 (no recuerdo el mes) y no tenemos certificación de servicio y la empresa ya no existe.
ó 18meses dividido 26 meses me dá 0.69 (69%).
Cómo se solicita al inicio del trámite este derecho ?, ó simplemente se infoma el período desde hasta con ese empleador y ANSES verifica y aprueba ?
Desde ya muchas gracias por este espacio.
Saludos[/quote

ES UNA DUDA QUE TENGO. EN LA RES 524/08, ANEXO 1. PUNTO 4. SE ESTABLECE QUE SE TOMARAN LOS PERIODOS QUE FIGUREN EN SIJIP, DESDE LA FECHA DE ALTA (02/1987 HASTA LA FECHA DE BAJA ( 07/1988) ( si existen pruebas, se pueden extender dicha fecha).
en el caso que se plantea existe claramente fecha de inicio y fecha de baja, de corrido.AL NO EXISTIR ENTRE LA FECHA DE ALTA Y BAJA PERIODOS QUE NO FIGURAN EN SIJIP, YA QUE FIGURAN TODOS, NO SE PODRA INVOCAR EL 35%. REITERO ES UNA DUDA.
 #897907  por ana20077
 
HOLA ECAR
Me parece que tenés ázón, analizado el tema con detalle creo que es así, hay que aplicar los primeros cinco puntos que son como reglas generales.
Aunque esta consulta la hice hoy al 130 y me indicaron no enviar ninguna carta documento y simplemente aclarar en observaciones del formularionde inicio que se aplique el anexo de la Res 524/08 punto 1.2.2., pero es probable que no me haya entendido la operadora que en el resumen de Anses figura fecha de alta y fecha de baja.
De todos modos sigo complicada porque esos son períodos que disminuyen la cuota de la moratoria, en la medida que me permitirían comprar menos períodos (lo que no es poca cosa), pero no me sumarían los meses que me faltan para completar los 30 años de servicio con aportes, me faltan aportes por el período posterior a 09/1993 (creo que es en alguna medida el problema que tenemos todos, que con la moratoria no alcanza.
GRACIAS!!!
Saludos.