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  • Inscripción de hijuelas

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 #897356  por NANCHU
 
En una sucesión a la cual llegué a declaratoria de herederos, el acervo lo constituye un solo inmueble el cual se subdividirá en dos unidades funcionales, una para cada heredero, ya que en el funcionan dos casas una en planta baja y otra en planta alta.
Ven viable solicitar la partición y adjudicación de cada una de las hijuelas por convenio y entonces solicitar directamente la inscripción mediante oficio y testimonio de cada una de ellas a favor de cada uno de los dos herederos.
Pensé en un escrito así: DENUNCIAN BIEN INTEGRANTE DEL ACERVO SUCESORIO y CONVENIO DE PARTICION Y ADJUDICACION - SOLICITAN INSCRIPCION DECLARATORIA DE HEREDEROS A FAVOR DE LOS ADJUDICATARIOS - ADJUNTAN COMPROBANTES DE PAGO TASA DE JUSTICIA, SOBRETASA Y APORTES DE LEY.

Qué opinan?
 #897540  por abogado_1987
 
NANCHU escribió:En una sucesión a la cual llegué a declaratoria de herederos, el acervo lo constituye un solo inmueble el cual se subdividirá en dos unidades funcionales, una para cada heredero, ya que en el funcionan dos casas una en planta baja y otra en planta alta.
Ven viable solicitar la partición y adjudicación de cada una de las hijuelas por convenio y entonces solicitar directamente la inscripción mediante oficio y testimonio de cada una de ellas a favor de cada uno de los dos herederos.
Pensé en un escrito así: DENUNCIAN BIEN INTEGRANTE DEL ACERVO SUCESORIO y CONVENIO DE PARTICION Y ADJUDICACION - SOLICITAN INSCRIPCION DECLARATORIA DE HEREDEROS A FAVOR DE LOS ADJUDICATARIOS - ADJUNTAN COMPROBANTES DE PAGO TASA DE JUSTICIA, SOBRETASA Y APORTES DE LEY.

Qué opinan?
interpreto que en 1er lugar debe estar subdividido

Art. 1° - Los distintos pisos de un edificio o distintos departamentos de un mismo piso o departamentos de un edificio de una sola planta, que sean independientes y que tengan salida a la vía pública directamente o por un pasaje común podrán pertenecer a propietarios distintos, de acuerdo a las disposiciones de esta ley. Cada piso o departamento puede pertenecer en condominio a más de una persona.
Ley 13512
http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInte ... /norma.htm
 #897634  por NANCHU
 
Abogado 1987, gracias por su respuesta.
Mi idea era hacer los planos de subdivisión y directamente inscribir (como en una especie de tracto abreviado) cada piso a favor de cada uno de los dos herederos, será viable así o previo a eso necesito hacer estado parcelario, solicitar inscripción y luego subdividir?
Lo pensé así a efectos de evitar dos inscripciones.
 #897941  por abogado_1987
 
NANCHU escribió:Abogado 1987, gracias por su respuesta.
Mi idea era hacer los planos de subdivisión y directamente inscribir (como en una especie de tracto abreviado) cada piso a favor de cada uno de los dos herederos, será viable así o previo a eso necesito hacer estado parcelario, solicitar inscripción y luego subdividir?
Lo pensé así a efectos de evitar dos inscripciones.
tené presente lo normado en el

ARTÍCULO 50: (Texto según Ley 14200) Declárase obligatorio para los escribanos de Registros Públicos y para cualquier otro funcionario que autorice actos de transmisión, constitución, declaración o modificación de derechos reales sobre inmuebles ubicados en el territorio de la Provincia y sometidos a su jurisdicción, lo siguiente:
a) Requerir a la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, antes del otorgamiento del acto, el certificado catastral correspondiente al inmueble, especificando la inscripción de su dominio vigente y la nomenclatura catastral o preexistente, así como los números de las partidas que le correspondan en los padrones del impuesto inmobiliario o en los establecidos por leyes especiales que correspondieren;
b) Transcribir en los instrumentos públicos el contenido de dicho certificado catastral, haciendo constar, la nomenclatura catastral, las observaciones, restricciones o aclaraciones que constaren y la descripción del inmueble según las constancias del mismo.

http://www.gob.gba.gov.ar/legislacion/l ... 10707.html