alexandrosg escribió:Se presenta demanda. Por x motivo (por ej.: se traspapela original de prueba documental) sólo se presenta copia simple de prueba documental.
1) ¿Hay alguna manera de subsanar?
2) ¿El Juez debería aplicar de oficio el art. 34 inc.5b cpcc?
3) ¿Debería desistir del proceso y empezar todo de vuelta?
Gracias de antemano.
Si solo se acompañaron fotocopias de los documentos originales, sin mencionar los requisitos que establece el segundo párrafo del art. 332 del CPCCPBA y 333 del C. Procesal de la Nación, es lógico que el demandado las desconozca y que no tengan valor probatorio.
Se podría subsanar el problema si la demanda aún no fue notificada, de acuerdo a lo dispuesto por los arts. 331 de ambos códigos procesales.
El juez podría también, en ejercicio de su potestad saneadora,  ejercer las atribuciones que el código de procedimientos le concede. Pero si no lo hace, y se da traslado de la demanda, entiendo que esa atribución ya no es posible.
Aquí dejo fallos de la SCBA sobre el tema:
Prueba documental - Fotocopias 	
Las fotocopias no autenticadas y desconocidas por la parte afectada carecen de fuerza de convicción. 
SCBA, Ac 33497 S 3-7-1984 , Juez SAN MARTIN (SD)
 
CARATULA: Hilman, Jorge Alberto c/ Ravaioli, Carlos Alberto s/ Cobro ordinario de pesos 
PUBLICACIONES: DJBA 127, 170 - JA 1985 II, 521 - AyS 1984 I, 288 
MAG. VOTANTES: San Martín - Negri - Mercader - Cavagna Martínez - Vivanco 
TRIB. DE ORIGEN: CC0001MO 
SCBA, Ac 92020 S 20-12-2006 , Juez RONCORONI (SD)
 
CARATULA: Banco de La Pampa c/ González, Luis Fabián s/ Cobro de pesos 
MAG. VOTANTES: Roncoroni-Genoud-Hitters-Soria-Pettigiani 
TRIB. DE ORIGEN: CU0000NE 
Prueba documental - Fotocopias 	
Carecen de fuerza convictiva las fotocopias no autenticadas y desconocidas. 
SCBA, Ac 42203 S 4-7-1989 , Juez NEGRI (SD)
 
CARATULA: Rocabren S.A. c/ Ocupantes e intrusos de los lotes 15, 16, 17, 18, 19 y 21, Manzana 2 y 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, Manzana 5 s/ Desalojo 
PUBLICACIONES: LL 1989-E, 248 - AyS 1989-II-619 
MAG. VOTANTES: Negri - Mercader - Laborde - Cavagna Martínez - Rodríguez Villar 
TRIB. DE ORIGEN: CC0101SI 
SCBA, Ac 68137 S 23-2-2000 , Juez PETTIGIANI (SD)
 
CARATULA: M. de P., M. A. c/ P. E. A. s/ Disolución y liquidación de la sociedad conyugal 
MAG. VOTANTES: Pettigiani-Pisano-Hitters-Laborde-de Lázzari 
TRIB. DE ORIGEN: CC0001ME 
Prueba documental - Fotocopias 	
Las fotocopias cuya autenticidad no está certificada por funcionario público habilitado a tal fin (art. 979 inc. 2 Cod. Civ.), y no reconocidas por la afectada, carecen de fuerza probatoria. 
CCI Art. 979 Inc. 2 
SCBA, B 48816 S 24-4-1984 , Juez VIVANCO (SD)
 
CARATULA: Montero, Delia Beatriz c/ Municipalidad de Luján. s/ Demanda Contencioso Administrativa. 
PUBLICACIONES: JA 1985 II, 209 - AyS 1984 I, 54 
MAG. VOTANTES: Vivanco - Negri - Cavagna Martinez - Rodriguez Villar - Salas 
Prueba documental - Fotocopias 	
Las fotocopias no autenticadas y desconocidas por la parte afectada carecen de fuerza de convicción. 
SCBA, L 55206 S 26-7-1994 , Juez SALAS (SD)
 
CARATULA: Ferreyra, Bartolomé Jorge c/ Puente, Marcelo Daniel s/ Cobro de horas extras 
MAG. VOTANTES: Salas - Negri - Pisano - Vivanco - San Martín 
TRIB. DE ORIGEN: TT0200MP 
SCBA, L 72894 S 25-4-2001 , Juez PETTIGIANI (SD)
 
CARATULA: Francano, Edgardo Rubén c/ J.B. Marítima S.A. s/ Diferencia de haberes, etc. 
PUBLICACIONES: DJBA 160, 265 
MAG. VOTANTES: Pettigiani-Salas-Hitters-de Lázzari-Negri 
TRIB. DE ORIGEN: TT0200BB 
SCBA, L 75826 S 4-6-2003 , Juez SALAS (SD)
 
CARATULA: Olivetto, Héctor Fabián c/ Olivetto, Claudio Omar s/ Indemnización por accidente de trabajo 
MAG. VOTANTES: Salas-de Lázzari-Negri-Hitters-Soria 
TRIB. DE ORIGEN: TT0000JU 
SCBA, L 85656 S 6-6-2007 , Juez KOGAN (SD)
 
CARATULA: Cepeda, Roberto Jorge c/ SOMISA s/ Indemnización por incapacidad 
MAG. VOTANTES: Kogan-Genoud-Hitters-Soria-Negri-Pettigiani 
TRIB. DE ORIGEN: TT0001SN 
Si ya se empezo, la demanda debes pedir restauracion del expediente
No entiendo que significa "restauración del expediente". Es la primera vez que leo esto. 
 
Gracias, y aclaro... soy de Misiones!!!
No conozco el Código Procesal Civil de Misiones, aunque supongo que no debe diferir mucho sobre la fuerza probatoria de la prueba documental.
Saludos.
 
					
										
																														 Hoy, somos todos estudiantes. (Augusto Mario Morello).