Hola.
Si la deuda a la que te referís (Ley 25.344) es superior al monto de $ 5.000.- (Dec. 1647/09) y si estamos hablando de la Secretaría de Turismo de la Nación lo que debés hacer es presentar un escrito dirigido al Secretarío de Turismo con copia C/C al Subsecretario Tecnico Administrativo solicitando se incluya en el Presupuesto 2013 la sentencia por la cual te otorga el derecho al cobro de "x" pesos que se acompaña a la presente.
(Nota: Lo que hace el organismo es cargar presupuestariamente en el sistema el monto determinado de la sentencia como previsión presupuestaria, para que se informe, en el listado que contiene además la 'apertura programatica', a la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO y pase a formar parte del presupuesto v.r. 2013 aprobado por el Congreso).
A tal fin, tenés que acompañar la siguiente documentación:
Datos personales: nombre y apellido, domicilio constituido, códigopostal, teléfono, Nº de D.N.I., cédula o pasaporte.
Fotocopia de 1º y 2º hoja de D.N.I.
Copia certificada de la sentencia de 1º y 2º instancia. Si hubiera de la Corte, también.
Liquidación firme y definitiva de sus acreencias a la fecha de corte correspondiente.
Certificado emitido por el juzgado interviniente de que dicha liquidación se encuentra
aprobada, firme e impaga.
Esto es fundamental.
Comunicación a la Procuración del Tesoro de la Nación establecido por elartículo 6 y 8 de la ley 25344. Para ello debes tener sellado por la PROCURACION DEL TESORO el siguiente Formulario
http://www.mecon.gov.ar/digesto/decreto ... 16graf.htm
Importante: Llamá a la Secretaría lo antes posible 4311-0300 pedía con la Dirección General de Administración y la Dirección de Presupuesto para corroborar el siguiente dato:
"Fecha Tope de Presentación es el 30 de septiembre". Osea, estas contra reloj.
Mucha Suerte.
Saludos.-
Para mas información http://www.pjn.gov.ar/Publicaciones/00016/00008257.Pdf