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Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
 #892885  por ganrielasp
 
Hola estimados colegas, tengo una consulta, por un juicio de daños tuve sentencia favorable contra el Estado (Secretaria de Turismo), ya se aprobo la liquidacion, el problema es que quiero que se incluya dentro del presupuesto, se trata de una deuda consolidada por aplicacion de la ley 25344, pero nose como proceder...como lo pido?..

desde ya muchisimas gracias,
saludos!
 #893487  por Boga32
 
Hola.
Si la deuda a la que te referís (Ley 25.344) es superior al monto de $ 5.000.- (Dec. 1647/09) y si estamos hablando de la Secretaría de Turismo de la Nación lo que debés hacer es presentar un escrito dirigido al Secretarío de Turismo con copia C/C al Subsecretario Tecnico Administrativo solicitando se incluya en el Presupuesto 2013 la sentencia por la cual te otorga el derecho al cobro de "x" pesos que se acompaña a la presente.
(Nota: Lo que hace el organismo es cargar presupuestariamente en el sistema el monto determinado de la sentencia como previsión presupuestaria, para que se informe, en el listado que contiene además la 'apertura programatica', a la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO y pase a formar parte del presupuesto v.r. 2013 aprobado por el Congreso).

A tal fin, tenés que acompañar la siguiente documentación:
Datos personales: nombre y apellido, domicilio constituido, códigopostal, teléfono, Nº de D.N.I., cédula o pasaporte.
Fotocopia de 1º y 2º hoja de D.N.I.
Copia certificada de la sentencia de 1º y 2º instancia. Si hubiera de la Corte, también.
Liquidación firme y definitiva de sus acreencias a la fecha de corte correspondiente.
Certificado emitido por el juzgado interviniente de que dicha liquidación se encuentra aprobada, firme e impaga. Esto es fundamental.
Comunicación a la Procuración del Tesoro de la Nación establecido por elartículo 6 y 8 de la ley 25344. Para ello debes tener sellado por la PROCURACION DEL TESORO el siguiente Formulario http://www.mecon.gov.ar/digesto/decreto ... 16graf.htm

Importante: Llamá a la Secretaría lo antes posible 4311-0300 pedía con la Dirección General de Administración y la Dirección de Presupuesto para corroborar el siguiente dato: "Fecha Tope de Presentación es el 30 de septiembre". Osea, estas contra reloj.

Mucha Suerte.

Saludos.-

Para mas información http://www.pjn.gov.ar/Publicaciones/00016/00008257.Pdf
 #893497  por ganrielasp
 
muchisimas gracias por responder!!!
por lo que me decis hay que presentarlo directamente en la Secretaria..
pero, aparte no tengo que pedir que el Estado Nacional haga lo pertinente para incluir la sentencia en la prevision presupuestaria en el expediente?..y que sea el letrado representante de la Secretaria quien lo presenta?..porque tambien se habian regulado los honorarios de una perito y lo que hizo la misma es notificarle por cedula al letrado de la demandada y el mismo acompaño copia del escrito que presento solicitando la prevision presupuestaria..me queda la duda si no es necesario que sea el letrado de la demandada quien lo solicite, o puedo hacerlo yo asi sin mas directamente..
 #899221  por DocCuervo
 
directamente como te dijo boga 32 tenes que presentar toda la documentacion vos como apoderado del actor para instar el inicio del tramite por regimen de consolidacion
 #903691  por lubelita18
 
Hola ! Veo que están hablando de sentencias contra el Estado. Yo tengo presupuestado para este año el cobro de unas astreintes del año 2008 !!! y que el Juzgado me viene pedaleando y no las puedo cobrar. Ahora logré que las presupuesten para este año, pero intimo para que las depositen antes de fin de año y me lo rechazan porque dice el Juez que no se cumplió el plazo... y ya estamos a fines de Octubre. Entonces mi pregunta es ¿Qué pasa si no depositan? ¿Tengo que volver a presupuestar? Pierdo el tiempo de nuevo, Por favor Ayudaaaaaaaaa !!!! Gracias.
 #904575  por Squonk
 
lubelita18 escribió:Entonces mi pregunta es ¿Qué pasa si no depositan?
Tienen tiempo hasta el 31 de diciembre de este año para realizar el deposito
lubelita18 escribió: ¿Tengo que volver a presupuestar?
No