Colegas: Tengo un cliente que fue denunciado por un vecino por amenazas. Esto ocurrio el año pasado en noviembre. Supimos de la denuncia por la mesa de denuncias del MP.Ayer la policia le trajo la cedula para presentarse en comisaria, supongo que para notificarlo recien ahora del Art 60. Es en pcia de Bs As. 2 Preguntas:
1)Pasaron 11 meses, esto se podria plantear en cuanto a la IPP? Se que se cuenta el plazo para investigar desde la detencion o desde la declaracion del 308, pero se podria plantear algo en caso de que se complique ? Si hay logica seguramente terminara en archivo ya que no existio tal delito PERO...?
2) Como ven la posibilidad de enviarle una carta documento al denunciante diciendo que " habiendo tomado conocimiento de la falsa denuncia...intimo por el plazo de ... para que RATIFIQUE O RECTIFIQUE sus conceptos calumniosos e injuriantes.... bajo apercibimiento de querella por calumnias y daños etc...?
GRACIAS
1)Pasaron 11 meses, esto se podria plantear en cuanto a la IPP? Se que se cuenta el plazo para investigar desde la detencion o desde la declaracion del 308, pero se podria plantear algo en caso de que se complique ? Si hay logica seguramente terminara en archivo ya que no existio tal delito PERO...?
2) Como ven la posibilidad de enviarle una carta documento al denunciante diciendo que " habiendo tomado conocimiento de la falsa denuncia...intimo por el plazo de ... para que RATIFIQUE O RECTIFIQUE sus conceptos calumniosos e injuriantes.... bajo apercibimiento de querella por calumnias y daños etc...?
GRACIAS