Son varios herederos, hay una determinada suma de dinero depositada en autos, es un caso de una sucesión que tramita en Pcia. Bs. As. Ya hay DH. Los herederos mayores de edad van a solicitar giro de su parte de la herencia.
En el escrito "Solicita giro, se provea", ¿se debe especificar en el mismo la cantidad expresada en letras y números que va a pedir cada uno de los herederos, o en ese escrito basta con poner simplemente algo así como: "que vengo por el presente a solicitar se libre giro a nombre de xxxx y de xxxxx y de xxxxx, de los fondos depositados en la cuenta de autos y a nombre de V.S.", o por el contrario, es el Juez el que proveerá especificando la suma que le corresponderá a cada uno en caso que libre orden de giro?.
Otra cosa, teniendo poder especial la letrada que representa a los herederos, ¿puede presentarse en el expediente a firmar ante Secretario del Juzgado la constancia de entrega de giro y cobrarlo en nombre de sus mandantes, siendo el caso que los herederos que representa no tienen residencia en el radio del Juzgado donde tramitan la causa?. (porque los herederos le han encomendado a la abogada el cobro de ese dinero y la transferencia del mismo al Banco del lugar de donde residen y donde tienen ellos sus cajas de ahorro) Si fuera esto posible habría que pedirlo también en el escrito "Solicita giro. Se provea"?.
Por último, una duda, ¿la libranza judicial basta para presentarse en el Bco. Pcia. Suc. Trib, o hay que oficiarlo para que pague el giro?.
En el escrito "Solicita giro, se provea", ¿se debe especificar en el mismo la cantidad expresada en letras y números que va a pedir cada uno de los herederos, o en ese escrito basta con poner simplemente algo así como: "que vengo por el presente a solicitar se libre giro a nombre de xxxx y de xxxxx y de xxxxx, de los fondos depositados en la cuenta de autos y a nombre de V.S.", o por el contrario, es el Juez el que proveerá especificando la suma que le corresponderá a cada uno en caso que libre orden de giro?.
Otra cosa, teniendo poder especial la letrada que representa a los herederos, ¿puede presentarse en el expediente a firmar ante Secretario del Juzgado la constancia de entrega de giro y cobrarlo en nombre de sus mandantes, siendo el caso que los herederos que representa no tienen residencia en el radio del Juzgado donde tramitan la causa?. (porque los herederos le han encomendado a la abogada el cobro de ese dinero y la transferencia del mismo al Banco del lugar de donde residen y donde tienen ellos sus cajas de ahorro) Si fuera esto posible habría que pedirlo también en el escrito "Solicita giro. Se provea"?.
Por último, una duda, ¿la libranza judicial basta para presentarse en el Bco. Pcia. Suc. Trib, o hay que oficiarlo para que pague el giro?.
