Estimados colegas, les escribo para consultarles sobre una multa fotográfica que le llego a mi cliente, por una supuesta infracción de transito realizada en la pcia de misiones por exceso de velocidad tipificada en el art. 51 ley nacional 24449. El tema es que nunca estuvo por misiones ni siquiera conoce la provincia, pero la foto que se encuentra escaneada y adjuntada a la intimación de pago corresponde al auto de mi cliente. Es un cliente de mucha confianza y creo en lo que dice, puede que se trate de una patente gemela, una modalidad muy común en las motos. Les consulto para poder realizar el descargo, respecto al vehículo se encontraba en el garaje de mi cliente en el momento de la infracción. Como conviene plantear el descargo??, Niego categóricamente el hecho y subsidiariamente planteo la nulidad del procedimiento del acta por no ser ajustada a derecho??, A su vez respecto de las intimaciones que le fueron llegando, mi cliente nunca acuso recibo de las mismas, entendería que los plazos para hacer el descargo no comenzaron a correr pues nunca fue notificado fehacientemente, es correcto?. Desde ya agradecido por la ayuda que me puedan dar!
