Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Sobre aportes post- mortem

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #901109  por manchitasdoc
 
Estimados foristas : les cuento una situación que me llegó y estoy tratando de resolver . Un hombre de 23 años trabajaba como empleado en la empresa de su padre ( en negro ) y fallece dejando un bebe . Considero que el padre puede hacer el reconocimiento post- morten de la relación de dependencia y pagar retroactivo en el AFIP todos los aportes con los correspondientes intereses punitorios, para presentar estos aportes en ANSES y obtener la pensión para el hijo . Mis dudas están en puestas en la posibilidad del reconocimiento y factibilidad de aceptación de esos aportes por parte de AFIP por un lado, y por otro si basta el reconocimeinto de los 36 meses o solo de 18 meses. Agradecere´mucho que me ayuden.
Silvi :roll:
 #901147  por azrael132333
 
Para los 30/36 o 18/36 deben estar pagos dentro del mes de vencimiento...no podrian hacer los aportes ahora. No tenes para los 15 (1/5) un año dentro de los ultimos cinco y despues compras los restantes por moratoria???
 #901246  por MARIO1943
 
azrael132333 escribió:Para los 30/36 o 18/36 deben estar pagos dentro del mes de vencimiento...no podrian hacer los aportes ahora. No tenes para los 15 (1/5) un año dentro de los ultimos cinco y despues compras los restantes por moratoria???
EL REQUISITO DE APORTES EN TIEMPO Y FORMA ES SOLO PARA AUTONOMO. PARA RR.DD. ES SUFICIENTE LA RETENCION EFECTUADA POR EL EMPLEADOR
 #901259  por MARIO1943
 
manchitasdoc escribió:Estimados foristas : les cuento una situación que me llegó y estoy tratando de resolver . Un hombre de 23 años trabajaba como empleado en la empresa de su padre ( en negro ) y fallece dejando un bebe . Considero que el padre puede hacer el reconocimiento post- morten de la relación de dependencia y pagar retroactivo en el AFIP todos los aportes con los correspondientes intereses punitorios, para presentar estos aportes en ANSES y obtener la pensión para el hijo . Mis dudas están en puestas en la posibilidad del reconocimiento y factibilidad de aceptación de esos aportes por parte de AFIP por un lado, y por otro si basta el reconocimeinto de los 36 meses o solo de 18 meses. Agradecere´mucho que me ayuden.
Silvi :roll:
SI NO ES INTEGRANTE DE UNA SOCIEDAD FAMILIAR ES SUFICIENTE LOS 18 MESES, LOS INTERESES SON RESARCITORIOS, LOS PUNITORIOS SURGEN A PARTIR DE LA DEMANDA JUDICIAL, PERO ANSES , EN RR.DD. NO HACE INCAPIE EN EL PAGO DE LOS INTERESES ,PERO AFIP SI LO PUEDE RECLAMAR, PORQUE SOLO AL HIJO, NO TIENE MADRE? , TAMBIEN EN EL F. 931, PODES PAGAR SOLO LA PARTE PREVISIONAL, INDEPENDIENTE QUE DESPUES VENGA EL RECLAMO,
 #901663  por arandu2
 
El padre estaba inscripto como empleador? Si no, no puede inscribirse con alta retroactiva. Afip tambien te multa por presentacion extemporanea de los 931.Si bien el Dto 460 se refiere a los casos de pagos de autónomos en tiempo y forma, cuando se trata de pagos con reconocimiento extemporaneos y post morten a fin de obtener un beneficio previsional, Anses manda a verificar estos servicios, y lo hace tambien con la ambiental, igual que el SDM.
 #901793  por MARIO1943
 
arandu2 escribió:El padre estaba inscripto como empleador? Si no, no puede inscribirse con alta retroactiva. Afip tambien te multa por presentacion extemporanea de los 931.Si bien el Dto 460 se refiere a los casos de pagos de autónomos en tiempo y forma, cuando se trata de pagos con reconocimiento extemporaneos y post morten a fin de obtener un beneficio previsional, Anses manda a verificar estos servicios, y lo hace tambien con la ambiental, igual que el SDM.
CUAL ES EL PROBLEMA QUE LO MANDEN A VERIFICAR, SI LA RR.DD. EXISTIO
SUPONGAMOS QUE NO SEA EL HIJO DEL EMPLEADOR, NUNCA SE INSCRBIO COMO EMPLEADOR, LA VIUDA HACE LA DENUNCIA EN AFIP POR TRABAJO EN NEGRO, QUE LE DICE AFIP, NO PODEMOS HACER NADA PORQUE NO ACEPTAMOS ALTA RETROACTIVA, AFIP SE LA DETERMINA D E OFICIO EL ALTA Y PROCEDE AL RECLAMO DE LOS APORTES Y CONTRIBUCIONES Y LAS MULTAS CORRESPONDIENTES
 #905076  por azrael132333
 
MARIO1943 escribió:
azrael132333 escribió:Para los 30/36 o 18/36 deben estar pagos dentro del mes de vencimiento...no podrian hacer los aportes ahora. No tenes para los 15 (1/5) un año dentro de los ultimos cinco y despues compras los restantes por moratoria???
EL REQUISITO DE APORTES EN TIEMPO Y FORMA ES SOLO PARA AUTONOMO. PARA RR.DD. ES SUFICIENTE LA RETENCION EFECTUADA POR EL EMPLEADOR
Si tenes razon Mario... Gracias!
 #905836  por arandu2
 
Distinto es el caso de una denuncia, entonces se produce lo que vos decis Mario. Otra cosa es el caso en que un empleador nunca inscripto se presenta, se incribe, da alta retroactiva y declara empleado con fecha retroactiva, solo a los efectos de lograr el beneficio