Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • tasa de justicia y su contribución

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #900627  por 20042004
 
Hola,
Tengo que pagar la tasa de justicia y su contribución. Es un juicio ejecutivo.Se que la tasa es del 2,2% y que es " su contribución"?
La tasa se abona con el formulario 9555?
 #900637  por ale532
 
"Su contribución" es la llamada Sobretasa (contribución sobre tasa de justicia), y equivale al 10% del valor de la tasa.
El formulario de la tasa es el R-516-V2 (pero creo que es el mismo que decís vos). Lo encontrás en formularios útiles de las páginas de casi todos los colegios.
La sobretasa la cargás en el mismo formulario de pago del anticipo previsional.


*suerte*
 #909983  por nadiahakin
 
una pregunta, como se manejan con el tema de la TASA Y SOBRETASA?, es decir, sobre el monto de la demanda?, aunque luego se cobre menos? ustedes se las cobran a sus clientes? por ejemplo en un accidente de transito....gracias!
 #910305  por ale532
 
Sí, es sobre el monto de la demanda, y sí, la paga el cliente (salvo cuando se solicita -y luego se concede- el beneficio de litigar sin gastos).
 #910463  por gusgus
 
claro, la paga el cliente y luego, de ganar el juicio, integra los gastos del proceso que debe pagar el condenado en costas
 #911239  por nadiahakin
 
gusgus escribió:claro, la paga el cliente y luego, de ganar el juicio, integra los gastos del proceso que debe pagar el condenado en costas
ok, pero por ejemplo, inicio demanda por $50.000, pago la pasa sobre este monto y luego mi cliente termina ganando en el juicio una indemnizacion por accidente de transito de $20.000 .... en ese caso, no hay mucha diferencia entre lo que seria la tasa del monto por el que se inicia y la que le corresponderia por el monto indemnizatorio obtenido............................ o yo entendi mal y la tasa se paga al final del proceso?



perdon por tantas dudas y gracias por la paciencia! jajaja
 #911283  por ale532
 
nadiahakin escribió:
gusgus escribió:claro, la paga el cliente y luego, de ganar el juicio, integra los gastos del proceso que debe pagar el condenado en costas
ok, pero por ejemplo, inicio demanda por $50.000, pago la pasa sobre este monto y luego mi cliente termina ganando en el juicio una indemnizacion por accidente de transito de $20.000 .... en ese caso, no hay mucha diferencia entre lo que seria la tasa del monto por el que se inicia y la que le corresponderia por el monto indemnizatorio obtenido............................ o yo entendi mal y la tasa se paga al final del proceso?



perdon por tantas dudas y gracias por la paciencia! jajaja

En realidad, la tasa se paga al comienzo del juicio. A veces "te la dejan pasar", pero antes de dictar sentencia intiman al actor a pagarla.

Lo que te dice gusgus es que la paga el actor, y si gana el juicio, esos $ x que pagó el actor al inicio de tasa de justicia, los agregará a la liquidación en el rubro "gastos" que deberá abonar el demandado vencido.
Y lo que te señaló no tiene que ver con la diferencia o no que haya entre lo pagado de tasa y el monto de la sentencia definitiva... la tasa se abona de acuerdo al monto de la demanda.
 #911713  por nadiahakin
 
ale532 escribió:
nadiahakin escribió:
gusgus escribió:claro, la paga el cliente y luego, de ganar el juicio, integra los gastos del proceso que debe pagar el condenado en costas
ok, pero por ejemplo, inicio demanda por $50.000, pago la pasa sobre este monto y luego mi cliente termina ganando en el juicio una indemnizacion por accidente de transito de $20.000 .... en ese caso, no hay mucha diferencia entre lo que seria la tasa del monto por el que se inicia y la que le corresponderia por el monto indemnizatorio obtenido............................ o yo entendi mal y la tasa se paga al final del proceso?



perdon por tantas dudas y gracias por la paciencia! jajaja

En realidad, la tasa se paga al comienzo del juicio. A veces "te la dejan pasar", pero antes de dictar sentencia intiman al actor a pagarla.

Lo que te dice gusgus es que la paga el actor, y si gana el juicio, esos $ x que pagó el actor al inicio de tasa de justicia, los agregará a la liquidación en el rubro "gastos" que deberá abonar el demandado vencido.
Y lo que te señaló no tiene que ver con la diferencia o no que haya entre lo pagado de tasa y el monto de la sentencia definitiva... la tasa se abona de acuerdo al monto de la demanda.




QUEDO TODO MUY CLARO!! MUCHAS GRACIAS!!!!