Estimados, buenas tardes.
En virtud de que en el Registro de la Propiedad Inmueble sólo están autorizados a pedir un informe de dominio los profesionales de la materia (abogados, escribanos, etc.) y el propio titular registral, me surgió la siguiente duda:
¿puede un cesionario con derechos hereditarios a su favor respecto de un determinado inmueble solicitar informe de dominio?
Por lo que vi en la página del Registro no lo especifica, pero dice generalmente "legitimados", y a mi entender, un cesionario lo es.
Aguardo sus respuestas. Gracias, saludos.
En virtud de que en el Registro de la Propiedad Inmueble sólo están autorizados a pedir un informe de dominio los profesionales de la materia (abogados, escribanos, etc.) y el propio titular registral, me surgió la siguiente duda:
¿puede un cesionario con derechos hereditarios a su favor respecto de un determinado inmueble solicitar informe de dominio?
Por lo que vi en la página del Registro no lo especifica, pero dice generalmente "legitimados", y a mi entender, un cesionario lo es.
Aguardo sus respuestas. Gracias, saludos.
