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  • Aportó autónomos pero no se inscribió

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #901010  por Alejandra Radua
 
Buenas noches. Se trata de un sr. (contador público) que pagó autónomos, pero no estaba inscirpto.
Algunos pagos fueron en el año 1993, es más, se acogió a la moratoria 2104/93 y otros salteados hasta 1997.
Desde el año 2000 pagó en forma hasta 02/2004.
El tema es que en el PUC no le sale nada. Ni un solo mes.
Por los años prescriptos puedo armarle una situación de revista de acuerdo a la circular 58/10.
Qué pasa con los años no prescriptos? El sr. no quiere iniciar el trámite en afip para que lo inscriban con fecha retroactiva, dado que lo van a intimar a abonar posteriormente los períodos no prescriptos, ya que tampoco le van a dar la baja retroactiva.
Sumando los años en RRDD (26 años y 6 meses)+ la situación de revista por la circular 58/10 (36 meses) llego a un total de 29 años y 6 meses.
Si le compro 6 meses más por moratoria. Podré ingresar el trámite.
Los períodos no prescriptos que están pagos, no los tomo.
Muchas gracias.
 #901319  por alejandra01
 
Ale- Presentaste el 460?...tiene número de cuenta en anses..?
supe de un caso donde tuvieron el mismo problema, y yo considero que si los pagos fueron sin inscripción, y de vieja data, se deben tomar como inscripto. Pero todo depende de la udai donde lo vayas a presentar..
 #901321  por Alejandra Radua
 
Gracias Ale. No tiene número de cuenta Anses.
El tema es que pasa con los períodos prescriptos donde tiene pagos pero nada en PUC.
Si no le armo situación de revista con esos pagos, puedo tener inconvenientes?
Muchas gracias
 #901467  por ecar
 
EL DTO 2104/93, EN SU ART 1, ESTABLECE QUE PUEDEN ACOGERSE AL PLAN DE FACILIDADES LOS TRABAJADORES AUTONOMOS INSCRIPTOS O NO EN EL REGIMEN DE LA LEY 18038.....POR DEUDAS ANTERIORES AL 01/10/1993.
PARA ARMAR EL PUC, POR PERIODOS PRESCRIPTOS, CON LOS PAGOS COMO PROFESIONAL, NO HABRIA PROBLEMAS.
EL TEMA ES PERIODO NO PRESCRIPTO, HASTA 2004, POR LA MATRICULA, SI LA TIENE VIGENTE, Y NO ES APORTANTE A OTRO REGIMEN , AL REGULARIZAR EL PUC, EN AFIP, TE LA VAN A COMPLICAR.
 #901517  por MARIO1943
 
Alejandra Radua escribió:Buenas noches. Se trata de un sr. (contador público) que pagó autónomos, pero no estaba inscirpto.
Algunos pagos fueron en el año 1993, es más, se acogió a la moratoria 2104/93 y otros salteados hasta 1997.
Desde el año 2000 pagó en forma hasta 02/2004.
El tema es que en el PUC no le sale nada. Ni un solo mes.
Por los años prescriptos puedo armarle una situación de revista de acuerdo a la circular 58/10.
Qué pasa con los años no prescriptos? El sr. no quiere iniciar el trámite en afip para que lo inscriban con fecha retroactiva, dado que lo van a intimar a abonar posteriormente los períodos no prescriptos, ya que tampoco le van a dar la baja retroactiva.
Sumando los años en RRDD (26 años y 6 meses)+ la situación de revista por la circular 58/10 (36 meses) llego a un total de 29 años y 6 meses.
Si le compro 6 meses más por moratoria. Podré ingresar el trámite.
Los períodos no prescriptos que están pagos, no los tomo.
Muchas gracias.
 #901523  por MARIO1943
 
Alejandra Radua escribió:Buenas noches. Se trata de un sr. (contador público) que pagó autónomos, pero no estaba inscirpto.
Algunos pagos fueron en el año 1993, es más, se acogió a la moratoria 2104/93 y otros salteados hasta 1997.
Desde el año 2000 pagó en forma hasta 02/2004.
El tema es que en el PUC no le sale nada. Ni un solo mes.
Por los años prescriptos puedo armarle una situación de revista de acuerdo a la circular 58/10.
Qué pasa con los años no prescriptos? El sr. no quiere iniciar el trámite en afip para que lo inscriban con fecha retroactiva, dado que lo van a intimar a abonar posteriormente los períodos no prescriptos, ya que tampoco le van a dar la baja retroactiva.
Sumando los años en RRDD (26 años y 6 meses)+ la situación de revista por la circular 58/10 (36 meses) llego a un total de 29 años y 6 meses.
Si le compro 6 meses más por moratoria. Podré ingresar el trámite.
Los períodos no prescriptos que están pagos, no los tomo.
Muchas gracias.
LOS PERIODOS NO PRESCRIPTO , LOS TENES QUE TOMAR, HACIENDO LA GESTION EN AFIP