hola a todos !!
les dejo una consulta:
En un daños y perjuicios en Pcia. de Bs.As, contesta demanda la accionada en tiempo y forma con patrocinio
letrado de su presunto conyuge quien resulta ser (confome lo manifiesta en la replica ) funcionario judicial en ejercicio.
Al efecto, el letrado patrocinante por la demanda dice que se presenta en autos conforme la habilitación que le
confiere el art. 5 de la ley 5177.
Efectivamente el Art. 5 autoriza el ejercicio de la profesion en causa propia, o como seria el caso, de su conyuge.-
El tema es que no se acreditó en ningun momento que la demandada y quien resulta su letrado patrocinante son conyuges,
mucho menos si el Colegio de Abogados habilita o considera compatible el ejercicio de la profesión no estando acreditados
los extremos que fueron meramente enunciados.
PREGUNTA:
Sin acreditar el vinculo, estaria habilitado para ejercer el patrocinio ?
es viable pedir el rechazo de la contestación ? como lo ven ?
Les voy agradeciendo de antemano !...saludos !!
les dejo una consulta:
En un daños y perjuicios en Pcia. de Bs.As, contesta demanda la accionada en tiempo y forma con patrocinio
letrado de su presunto conyuge quien resulta ser (confome lo manifiesta en la replica ) funcionario judicial en ejercicio.
Al efecto, el letrado patrocinante por la demanda dice que se presenta en autos conforme la habilitación que le
confiere el art. 5 de la ley 5177.
Efectivamente el Art. 5 autoriza el ejercicio de la profesion en causa propia, o como seria el caso, de su conyuge.-
El tema es que no se acreditó en ningun momento que la demandada y quien resulta su letrado patrocinante son conyuges,
mucho menos si el Colegio de Abogados habilita o considera compatible el ejercicio de la profesión no estando acreditados
los extremos que fueron meramente enunciados.
PREGUNTA:
Sin acreditar el vinculo, estaria habilitado para ejercer el patrocinio ?
es viable pedir el rechazo de la contestación ? como lo ven ?
Les voy agradeciendo de antemano !...saludos !!
