Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • PERDON POR LA PREGUNTA

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #901702  por PALITO3669
 
A veces estas cosas no están en los libros de procesal, sí en la experiencia.

Confeccioné una cedula y la dejé para diligenciar. El tema es que me equivoqué y en lugar de consignar el domicilio de la demandada, puse el del juzgado. El Oficial notificador la devuelve sin notificar porque observa el error.

PREGUNTA:

Tengo que solicitar se libre nueva cedula, o alcanza con llevar una nueva cedula y enmendar el error. (No quiero tardar en tener que obtener un proveido, pero tampoco quiero que se me presente alguna nulidad,

GRACIAS
 #901746  por Mariaac
 
Hace una nueva y dejala
 #901749  por Mariaac
 
La cedula que va a notificar a la persona va a ser la que este bien confeccionada.
 #901811  por gusgus
 
no coincido con la opinion de la colega.....

la cedula ya salio del juzgado a la oficina de notificaciones, ergo ya fue librada.....

por ello, a mi entender se requiere peticionar nueva cedula apuntando el error
 #901842  por andresxeneizes
 
si es en capital en la practica no hace falta el escrito, incluso los juzgados en el primer despacho ya sacan que ante la diligencia frustrada no hace falta presentar escrito que se hace la cedula con el nuevo domicilio y se tiene por denunciado el mismo
 #901843  por andresxeneizes
 
si es en capital en la practica no hace falta el escrito, incluso los juzgados en el primer despacho ya sacan que ante la diligencia frustrada no hace falta presentar escrito que se hace la cedula con el nuevo domicilio y se tiene por denunciado el mismo
 #901845  por gusgus
 
andresxeneizes escribió:si es en capital en la practica no hace falta el escrito, incluso los juzgados en el primer despacho ya sacan que ante la diligencia frustrada no hace falta presentar escrito que se hace la cedula con el nuevo domicilio y se tiene por denunciado el mismo
vale la aclaracion, en pcia si te piden escrito
 #901961  por yaninap
 
gusgus escribió:
andresxeneizes escribió:si es en capital en la practica no hace falta el escrito, incluso los juzgados en el primer despacho ya sacan que ante la diligencia frustrada no hace falta presentar escrito que se hace la cedula con el nuevo domicilio y se tiene por denunciado el mismo
vale la aclaracion, en pcia si te piden escrito

Como dice gusgus, en Pcia te piden escrito solicitando se libre nueva cédula. Te demora más pero es así..