colegas acabo de terminar un divorcio de comun acuerdo entre dos argentinos, el hombre vive en España y tiene doble nacionalidad, la mujer vive aca, hicimos un acuerdo a traves de un poder que me enviara. Ahora bien que le debo enviar a mi cliente a España para convalidar su nuevo estado civil porque no esta claro?, yo tengo el testimionio y el oficio diligenciado al Registro con la partida conjuntamente con la inscripcion marginal del divorcio, todo legalizado por la camara nacional de apelaciones y por los ministerios del interior y del exterior, le tengo que mandar algo mas a mi cliente a españa. Es necesario la copia certificada del acuerdo y la sentencia todo tambien legalizado por los distintos organismos? o es suficiente con el testimonio y el oficio con la partida? Gracias
Hola, ¿el trámite del divorcio mutuo inició y terminó en Argentina con la presencia de ambas partes, o por el contrario lo llevaste adelante patrocinando a ambos estando la mujer acá y el marido allá?. No me queda claro lo del poder: ¿llevaste adelante el divorcio con un poder que te hizo el marido en España?.
¿El acuerdo fue presentado dentro del divorcio y homologado junto con la sentencia de divorcio?.
¿Lo que tenés que mandarle al marido es el testimonio de la sentencia de divorcio + la partida de matrimonio con su nota marginal?.
Para que un documento Argentino sea válido en España debe cumplir con las formalidades requeridas en ese país. ¿Pudiste averiguar cuáles son esas formalidades?
No me queda claro eso de "convalidar su nuevo estado civil", ¿el Sr. va a volver a contraer matrimonio en España?.
