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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #901220  por portal2012
 
Hola, es mi 1er divorcio (en capital). Ambos están de acuerdo. tienen más de 10 años de casados, me conviene por el 214 in 2?
2- Tienen que tener c/u su patrocinante?
3- Cuanto se suele cobrar?
4- Hay un inmueble (ganancial) y un automovil (ganancial de titularidad de 1 conyuge). Para la liquidación de éstos bienes me conviene incidente o convenio y presentarlo con la demanda?. Se cobran otros honorarios por la liquidación?
Por favor si me podrían guiar un poquito ya que es mi 1er divorcio y estoy media perdida, Gracias!!!
 #901290  por hora41
 
hola, si te conviene el 214 inc2, se necesita un abogado patrocinante para cada parte. Se cobra un comun acuerdo 30 jus.
Para liquidar la sociedad conyugal podes presentar un acuerdo, los honorarios los arreglas aparte con tu cliente y sino pedis que te los regulen.
Saludos
 #901741  por ubajay1979
 
Si ambos están de acuerdo, conviene hacerlo por el 215, pues el 214 exige que se demuestre que hace más de tres años que están separados, en el 215 basta solamente que se cumpla con el requisito de mas de tres años de casados, al ser por presentación conjunta no es necesario que ambos tengan patrocinates, un solo profesional patrocina a los dos (por eso lo de "presentacion conjunta"). Respecto a los bienes en Santa Fe no me aceptaron el acuerdo presentado y me exigieron la vía incidental... no estoy de acuerdo, pero es lo que me pidieron. (Suerte con tu primer divorcio)
 #901893  por neskica30
 
Buenas mi marido y yo estamos en proceso de divorcio,segun el no hay problema para nada peroyo no me fio. Tenemos el convenio firmado pero no lo hemos ratificado aun en el juzgado y mi sorpresa es que he ido a mirar hoy en la cuenta que esta a nombre de los dos y la hipoteca y ha cambiado las claves y no me las da. Que puedo hacer,mientras estemos los dos en esa cuenta no tiene porque hacer ningun tipo de cambio. La hipoteca se la queda el pero de momento esta al nombre de los dos
 #902012  por portal2012
 
Muchas gracias ubajay1979!!!! Entonces haciéndolo por el 215 puede patrocinar a los 2?
Por otro lado me dicen que no quieren declarar bienes. Cuánto se les suele cobrar?
Gracias nuevamente
 #902753  por primavera14
 
Portal 2012. En Capital todos los divorcios que tramité por común acuerdo los hice por el 214, Inc. 2do. Un abogado para cada parte. La manifestación de las partes sobre el tiempo que están separados, siempre fue suficiente.
Con respecto a los bienes podés hacer un convenio, con firmas certificadas por escribano. El pago de la tasa de Justicia es el 3% sobre el valor de los bienes. De acuerdo al monto de los bienes son tus honorarios. Fijate en la Ley de Honorarios, Ley 21.839, Art. 35.

En realidad no sabía que por el 215, podías patrocinar a ambas partes. Bueno voy a investigar un poco ese tema. *leo*

SALUDOS!!