hola les consulto en una pension que solo hay un medio hermano , se inicio la pension por el fallecimiento del padre de una chica que le dio discapacidad por esquizofrenia hasta ahi todo bien ahora en anses
previo a resolver (dio mas del 66%) pide constancia de inicio de curatela....hablado con los capos de ahi y planteado q segun circular no era necesario etc etc..y a fin de no demoraar mas el cobro se inicio curatela
el juzgado me pide confeccione y fija audiencia testigos etc
ahora queria saber si alguien tiene experiencia de como sigue el tema
es decir voy con la constancia de inicio y resuelven ..
cobra quien? ella o ponen como apoderado al que inicio..aun no hay curador ni provisorio ni nada..
si puede cobrar el medio hermano que solicito, cobra todo el retroactivo o solo los haberes?
es temporal osea alguna vez le van a pedir el final de la curatela osea q sea designado curador definitivo o solo pagan y notifican al defensor de incapaces?
alguno le paso de estar cobrando luego de presentar ese certificado? sigue cobrando asi..desisten del tramite de curatela luego de obtenida esa constancia? o hay obligacion de continuarla
tendra que rendir cuentas o al desistirla queda asi y seguira cobrando por ella?
la verdad es que no quiero que se complique mas ya que necesitan cobrar por los gastos que tienen x su enfermedad, y realmente no tiene bienes salvo lo que obtenga de retroactivo de la pension y si se desigana curador oficial al defencor e interviene el asesor tengo la duda is no se complica todo..teniendo en cuenta q es solo una pension..
si alguno ya vivio estos pasos agradeceria su experiencia

previo a resolver (dio mas del 66%) pide constancia de inicio de curatela....hablado con los capos de ahi y planteado q segun circular no era necesario etc etc..y a fin de no demoraar mas el cobro se inicio curatela
el juzgado me pide confeccione y fija audiencia testigos etc
ahora queria saber si alguien tiene experiencia de como sigue el tema
es decir voy con la constancia de inicio y resuelven ..
cobra quien? ella o ponen como apoderado al que inicio..aun no hay curador ni provisorio ni nada..
si puede cobrar el medio hermano que solicito, cobra todo el retroactivo o solo los haberes?
es temporal osea alguna vez le van a pedir el final de la curatela osea q sea designado curador definitivo o solo pagan y notifican al defensor de incapaces?
alguno le paso de estar cobrando luego de presentar ese certificado? sigue cobrando asi..desisten del tramite de curatela luego de obtenida esa constancia? o hay obligacion de continuarla
tendra que rendir cuentas o al desistirla queda asi y seguira cobrando por ella?
la verdad es que no quiero que se complique mas ya que necesitan cobrar por los gastos que tienen x su enfermedad, y realmente no tiene bienes salvo lo que obtenga de retroactivo de la pension y si se desigana curador oficial al defencor e interviene el asesor tengo la duda is no se complica todo..teniendo en cuenta q es solo una pension..
si alguno ya vivio estos pasos agradeceria su experiencia
