Estimados Colegas:
Les escribo para consultarle mas o menos el procedimiento para esta acción, le paso a explicar:
Dos hermanas son dueñas por escritura publica de una casa en san justo, la casa la habitaba la madre de ellas, hasta que fallecio, luego que fallecio alquilaron la propiedad luego de varios años de alquilar la propiedad cuando vencio un contrato de locacion y el inquilino se fue dejo el inmueble vacio las sras decidieron hacerles unos arreglitos, es de aqui que los intrusos una noche entraron al inmueble y lo siguen ocupando.
La sra hizo la denuncia en la cia a los dos dias de intrusado se habrio la causa penal, pero luego de casi dos años ella no cuenta con recurso y no pudo pagar a un abogado, los de la UFI hicieron de todo, menos hacer su trabajo, se metieron a juzgar en otro fuero que no le corresponde, que le hicieron, en una de las audiencias le hicieron firmar a la dueña un arriendo de la propiedad, todos los meses debia abonar el arriendo en la audiencia en la UFI hasta que al tercer mes no fue mas la parte que intrusó, la cuestion que la causa penal estuvo tan mal llevada que no le hice mencion en la causa civil que inicie hace dos meses, porque la verdad es un mamarracho, en pcia de buenos aires hacen cualquier cosa.
Inicie demanda por desalojo contra intrusos y/u ocupantes, salio el mandamiento de constatacion y el mandamiento dice: que xxxxx vive con su hermana xxxxx y su otra hermana xxxxx y con el sr. xxxxxxxxx y con los 12 hijos de este ultimo señor en calidad de ocupantes, asi detallo la oficial de justicia el mandamiento de constatacion.
De acuerdo al mandamiento pedi que se corra traslado de la demanda y que se recaratule la misma. Y salio el proveido dando lugar y recaratulando con todas esas personas la demana.
La sra. una de las propietarias es discapacitada, vive de una pension, y necesita del alquiler del inmueble para vivir, y la otra hermana trabaja en relacion de dependencia y tambien tenia el alquiler de la vivenda para vivir, esos detalles no le puse en la demanda, puse que una de ellas es discapacitada pero no adjunte pruebas, que me aconsejan hacer para ver si el juzgado toma alguna medida para la restitucion del inmueble lo antes posible.
Estimo al haber menores que va a tomar intervencion el Consejo del Menor, esto va a ser un quilombo de aquellos.
Que pais de porqueria, el derecho a la propiedad te lo perdes en el bolsillo. Que me aconsejan para seguir o mejor dicho continuar con este pleito, y sacarlo de la mejor manera y lo mas rapido posible.
Gracias.
Dario
Les escribo para consultarle mas o menos el procedimiento para esta acción, le paso a explicar:
Dos hermanas son dueñas por escritura publica de una casa en san justo, la casa la habitaba la madre de ellas, hasta que fallecio, luego que fallecio alquilaron la propiedad luego de varios años de alquilar la propiedad cuando vencio un contrato de locacion y el inquilino se fue dejo el inmueble vacio las sras decidieron hacerles unos arreglitos, es de aqui que los intrusos una noche entraron al inmueble y lo siguen ocupando.
La sra hizo la denuncia en la cia a los dos dias de intrusado se habrio la causa penal, pero luego de casi dos años ella no cuenta con recurso y no pudo pagar a un abogado, los de la UFI hicieron de todo, menos hacer su trabajo, se metieron a juzgar en otro fuero que no le corresponde, que le hicieron, en una de las audiencias le hicieron firmar a la dueña un arriendo de la propiedad, todos los meses debia abonar el arriendo en la audiencia en la UFI hasta que al tercer mes no fue mas la parte que intrusó, la cuestion que la causa penal estuvo tan mal llevada que no le hice mencion en la causa civil que inicie hace dos meses, porque la verdad es un mamarracho, en pcia de buenos aires hacen cualquier cosa.
Inicie demanda por desalojo contra intrusos y/u ocupantes, salio el mandamiento de constatacion y el mandamiento dice: que xxxxx vive con su hermana xxxxx y su otra hermana xxxxx y con el sr. xxxxxxxxx y con los 12 hijos de este ultimo señor en calidad de ocupantes, asi detallo la oficial de justicia el mandamiento de constatacion.
De acuerdo al mandamiento pedi que se corra traslado de la demanda y que se recaratule la misma. Y salio el proveido dando lugar y recaratulando con todas esas personas la demana.
La sra. una de las propietarias es discapacitada, vive de una pension, y necesita del alquiler del inmueble para vivir, y la otra hermana trabaja en relacion de dependencia y tambien tenia el alquiler de la vivenda para vivir, esos detalles no le puse en la demanda, puse que una de ellas es discapacitada pero no adjunte pruebas, que me aconsejan hacer para ver si el juzgado toma alguna medida para la restitucion del inmueble lo antes posible.
Estimo al haber menores que va a tomar intervencion el Consejo del Menor, esto va a ser un quilombo de aquellos.
Que pais de porqueria, el derecho a la propiedad te lo perdes en el bolsillo. Que me aconsejan para seguir o mejor dicho continuar con este pleito, y sacarlo de la mejor manera y lo mas rapido posible.
Gracias.
Dario
