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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #904307  por melina25
 
hola, desde ya disculpen la pregunta, simplemente estoy tratado de aprender.-
segun un material de estudio que tengo el beneficio otorgado por el art. 1 de la ley 25321 se aplica
desde el 02/00 hasta la actualidad.-
esto es asi??? me surge la duda porque tengo un sicam hecho por una colega que
aplico el beneficio del art 1 ley 25321 en 1994.-
 #904336  por diegomdp
 
el material de estudio esta mal, por no decir pesimo, el art 1 se puede aplicar desde el 01/55 hasta ahora no depende de la fecha sino depende de que estes reuniendo los años de servicios con aportes para acceder a el beneficio previsonal, ver prev 11-27 y circular 52/05
 #904342  por melina25
 
gracias diego, te pregunto que es prev 11-27
disculpa pero no entiendo.-
nuevamente gracias, porque me confundia.-
 #904359  por diegomdp
 
la prev son las normas de procedimiento que dicta la gerencia de normatizacion de anses relacionadas con el tema previsional, en la 11-27 estan todas las pautas que tiene el organismo acerca de como utilizar todos los beneficios que existen en materia previsional, bueno estan casi todas no todos, no todos
 #904366  por melina25
 
gracias diego las encontre y estoy leyendo.-
por favor necesito que me ayudes
tengo una pension directa el sr. entra como aportante regular
tiene aporte desde el 09/1999 hasta el 06/2012
el problema esta que tiene 3 meses de autonomo desde 08/1996 al 10/1996
mi pregunta es, tengo q hacer un sicam por esos 3 meses???
te pregunto porque no se hacer los sicam, y esos 3 meses me complicaron el tramite.-
desde ya muchas gracias por ayudarme.-
 #904370  por diegomdp
 
hay que hacer sicam sino mira el post del forista que dice que ahora despues de 3 años va a perder el retroactivo por eso
 #904397  por melina25
 
gracias diego.-
te pregunto al sicam solo lo hago por los 3 meses??
o tengo que adheirlo a la moratoria para llegar a los 30 años??
 #904520  por arielruiz86
 
Si decis que es aportante regular (Dcto 460/99) no necesitas comprar o regularizar mas nada con la moratoria, solo haces el sicam de acuerdo a la Res 555 (respetar el PUC, etc)
 #904524  por melina25
 
gracias ariel, paso en limpio
cargo solo los 3 meses que tiene 08/1996-09/1996 y 10/1996??
muchas gracias!!