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 #904291  por cuantacuantapaciencia
 
Hola gente, miren yo comencé una ejecución , practique mi liquidación , di traslado, el anses contesto dio la suya negando la mía, después no se que paso.. en el medio dictaron sentencia , todavía no me la notificaron , es la primera de ejecución pregunta el juzgado ahora que pasa dice que si en 120 no me pagan ,el embargo lo determina el juzgado??? o lo tengo que pedir yo por escrito???
 #904406  por SIPOL82
 
Hola. Tenés que seguir el procedimiento establecido en el Código Procesal. Una vez vencido el plazo de 120 dias de Anses para liquidar, solicitas se intime a la Anses a cumplir con la sentencia bajo apercibimiento de ejecución. Vencido el plazo, presentas la liquidación. De la liquidación el juzgado va a correr traslado a la Anses- Anses en general imppugna en forma generica. Contestas las impugaciones y pedis que se resuelva, aprobándose la liquidación. El juezgado tiene que resolver. Si aprueba la liquidación, se notifica dicha resolución a la Anses y ay asi, hasta llegar al embargo en caso de incumplimiento de la Anses. Algunos juzgados como el 5 y el 7 te otorgan el embargo.
 #904846  por drany
 
cuantacuantapaciencia escribió:Hola gente, miren yo comencé una ejecución , practique mi liquidación , di traslado, el anses contesto dio la suya negando la mía, después no se que paso.. en el medio dictaron sentencia , todavía no me la notificaron , es la primera de ejecución pregunta el juzgado ahora que pasa dice que si en 120 no me pagan ,el embargo lo determina el juzgado??? o lo tengo que pedir yo por escrito???
Hay algo que no me queda claro. Vos iniciaste ejecución antes de que transcurran los 120 días hábiles establecidos en la ley?