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 #904277  por daco64
 
Tengo que presentar un pedido de readecuación jerarquica de un Policia de la Metropolitana ante la Justicia Contencioso admninistrativa de la ciudad. La pregunta es: puedo ingresar por AMPARO?????? Si no puedo cual es la materia por la que ingreso EMPLEO PUBLICO???? Proceso Incidental??? AYUDA PLASE
 #904420  por Boga32
 
Hola.

La Corte se ha expresado varias veces respecto del tema de la competencia. Dijo lo siguiente:

"Es competente la justicia en lo contencioso administrativo y tributario de la Ciudad de Buenos Aires, si la cuestión en examen se encuentra directa e inmediatamente relacionada con la aplicación e interpretación de normas de derecho público local, como son aquellas que reglamentan las relaciones jurídicas derivadas del empleo público y a las que, en principio, no le son aplicables las disposiciones del derecho del trabajo o del derecho civil, sino que sólo supletoriamente respecto de las situaciones no previstas en esas disposiciones". Año 2003. CSJN 326:3122

"Es competente el Fuero en lo Contenciosoadministrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires y no la Justicia Nacional en lo Civil para entender en la demanda promovida por agentes públicos de dicha comuna en reclamo de diferencias salariales al no mediar sentencia que resuelva sobre el fondo del asunto que permita radicar dicho pleito ante los tribunales nacionales, máxime considerando que se trata de una cuestión de derecho público local -empleo público- típicamente administrativa". Muchnik, Eleonor E. y otros c. Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Año 2003. CSJN 326:4352

La Competencia es Contencioso Administrativa y Tributaria de la Ciudad eso ya lo sabés.

La materia se trataría de Empleo Público y el objeto "Diferencias Salariales", con motivo de la falta de reconocimiento eslafonario o lo que vos denominas la "readecuación jerárquica", ya que como consecuencia se pierde el derecho de la percepción del salario justo devengando así una deuda a favor del agente por el transcurso del tiempo.

Te recomiendo leer el fallo "Leónardí, Miguel Ángel Y Otros c/ GCBA" (12/11/2009) de hace 2 años que dice entre otras cosas: Corresponde condenar al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a regularizar la deuda devengada en concepto de aportes y contribuciones por la falta de reconocimiento del carácter remunerativo de las asignaciones dispuestas en los decretos 4937/91, 5787/91 y la ley 25.053, pues, como empleador, abonó durante años parte del salario del actor en forma indebida, perjudicando de esa forma su futura situación jubilatoria y evadiendo las obligaciones que le fueron impuestas por la ley 24.241.

Si hay un Acto Administrativo que lo deniega es otra cuestión.

Suerte.

Saludos.-