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 #424584  por inmobiliare
 
Hola a todos soy de santa fe hace pocoque me recibi y realmente en cuanto a lo practico practico no tengo idea, tengo que presentar una demanda de escrituracion y acompaño los documentos originales ej boleto, ahora debo presentar las copias para el expete y la demandada pero quien certifica esas copias, el original como lo acompaño? en un sobre? como es todo ese mecanismo.
que pregunta estupida pero no quiero errar es la primer demanda que voy a presentar....
 #424961  por abogado_1987
 
inmobiliare, solicitaría la reserva de la documentación original (en un sobre) en la caja fuerte del juzgado
y la certificación de las copias en relación a sus originales por el Actuario del juzgado ...
 #424988  por inmobiliare
 
Gracias abogado 1987, la practica forence me esta liquidando por mas que uno tenga firme los conceptos de fondo la burocracia procesal no la conozco muy bien.
 #425435  por abogado_1987
 
inmobiliare escribió:Gracias abogado 1987, la practica forence me esta liquidando por mas que uno tenga firme los conceptos de fondo la burocracia procesal no la conozco muy bien.
inmobiliare, identificaría > autos y que contiene el sobre en ...... fojas

Imagen
 #904347  por ataale
 
Me viene excelente este post. En el primer despacho me dicen "“Hágase saber al peticionante que la documentación ofrecida se encuentra acompañada en su totalidad en copia simple”,
Entonces aprovecho, antes de notificar amplie demanda x el monto y adjunto originales, certofique actuario para posterio desgloce. Es asi?????

AMPLIA DEMANDA – SOLICITA CERTIFICACION POR ACTUARIO

Señor Juez:
------------, por derecho propio, con domicilio procesal en calle , de la localidad de , conjuntamente con mi abogada patrocinante, Dra. ....., en los autos caratulados “---------”, ante V.S respetuosamente digo:

I.- MODIFICA DEMANDA (amplía cuantía de lo reclamado): siendo que aún no ha sido notificada la demanda, se formula modificación del monto reclamado en la presentación de la misma, conforme la siguiente consideración: Originariamente, el monto total reclamado en el Punto VIII de la demanda: REAPARACIONES DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS: DAÑOS:
A) INCAPACIDAD SOBREVINIENTE: era en pesos), discriminados de la siguiente manera:
B) DAÑO PSICOLOGICO: era en pesos ,00), discriminados de la siguiente manera:
G) DAÑO MORAL: era en peso .000,00), discriminados de la siguiente manera:
Atento a las lesiones padecidas por la menor, y basada en jurisprudencia “El perjuicio en la actividad productiva provocado por la incapacidad de un menor no es actual, pues a poco que reparemos se advierte que se está frente a un daño futuro y no eventual, es decir, frente a un daño que necesariamente habrá de suceder cuando el menor transite la edad en que debe trabajar. Es que el daño futuro es el que habrá de sufrir necesariamente el damnificado en un tiempo ulterior, siendo resarcible si se lo puede estimar pecuniariamente. Resulta por lo tanto indemnizable el daño patrimonial futuro, si es previsible que la disminución de las aptitudes se prolongará más allá del período en que habrían de comenzar los logros productivos o materiales del menor. Se trata de un daño futuro cierto, pues constituye un imperativo generalizado la necesidad de trabajar, para sí o para otros, a fin de desenvolverse en la vida. CC0203 LP 109715 RSD-147-8 S 16-9-2008, Juez MENDIVIL (SD) CARATULA: P., J. R. c/ C.de T. R. R. de la P S.A. y otros s/ Daños y Perjuicios MAG. VOTANTES: Mendivil-Billordo
Es por ello que vengo a solicitar se amplíen los Rubro A) INCAPACIDAD SOBREVINIENTE, B) DAÑO PSICOLOGICO y G) DAÑO MORAL, a favor de la menor Laide Baneza y siendo que dichas cifras difieren de las contenidas en la Liquidación (Punto IX) del libelo de inicio, vengo por el presente ampliar la cuantía de lo reclamado, que quedaría redactado de la siguiente manera:
A) INCAPACIDAD SOBREVINIENTE: Estimo como resarcitorio por este concepto la suma de pesos
LIQUIDACIÓN TOTAL
INCAPACIDAD SOBREVINIENTE $000
DAÑO PSIQUICO PSICOLOGICO $,00
GASTOS MEDICOS $ ,00
DAÑO MORAL $ 0,00
PRIVACION DE USO $,00
TOTAL $,00
Consecuentemente, el monto total de la demanda asciende a la suma de Pesos un .000,00). En virtud de no haber sido aun notificados los demandados, dicha ampliación resulta procedente, lo que así V.S. deberá oportunamente declarar.
II.-En tanto en el primer despacho de fecha 01 de Octubre de 2012 se estableció en el segundo párrafo: “Hágase saber al peticionante que la documentación ofrecida se encuentra acompañada en su totalidad en copia simple”, por lo cual solicito se agregue original de Historia Clínica de la menor Laide Baneza del Hospital Sor María Ludovica, Certificado de atención del Señor Anastasio Choqque Sallo en el Hospital San Martín, denuncia penal y se tenga por presentada como prueba documental agregándose a la demanda, reservándose los respectivos originales en la Caja Fuerte del Juzgado a cuyo efecto adjunto copias para la certificación de las mismas en relación a sus originales por el Actuario del juzgado, y su posterior desglose.

III PETITORIO:
1.- Se me tenga por ampliada la demanda.
2.- Se corra traslado de la presente a la demanda por el término de ley.
3.- Oportunamente se dicte sentencia haciéndose lugar a esta ampliación en todas sus partes, con costas al accionado.
4.- Se reserve la documental original en caja fuerte del juzgado, y se certifique las copias en relación a sus originales por el Actuario del juzgado.
Proveer de conformidad que,
SERA JUSTICIA.